Tercer retiro de fondos - Núm. 327, Mayo 2021 - Revista Libertad y Desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 866452772

Tercer retiro de fondos

Páginas23-23
TERCER
RETIRO
DE FONDOS
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Tras una expedita tramitación y pasando
por alto las normas de iniciativa exclusi-
va del Presidente de la República sobre
determinados asuntos, el Congreso
Nacional aprobó la moción parlamen-
taria que incluye una nueva disposición
transitoria a la Constitución que autori-
za a los afiliados del sistema privado de
pensiones de los fondos acumulados en
su cuenta de capitalización individual de
cotizaciones obligatorias, establecién-
dose como monto máximo 150 UF y
un mínimo de 35 UF. En el evento que
el 10% de los fondos acumulados sea
inferior a 35 UF, el afiliado podrá retirar
hasta dicho monto. Adicionalmente, se
establece que los fondos retirados no
constituirán renta o remuneración para
ningún efecto legal, de tal forma que
quedan libres de cualquier tributo, y no
estarán afectos a comisiones o descuen-
to alguno por parte de las administrado-
ras de fondos de pensiones. Por su parte,
tratándose de los pensionados o benefi-
ciarios por renta vitalicia, ellos podrán
dentro de 365 días de publicada la refor-
ma, por una sola vez y de forma volun-
taria, adelantar el pago de sus rentas
vitalicias hasta por un monto del 10%
del valor correspondiente a la reserva
técnica que mantenga el pensionado en
la respectiva compañía de seguros para
cubrir el pago de sus pensiones, con un
tope máximo de 150 UF.
Lamentablemente, el texto aproba-
do por el Congreso fue finalmente
promulgado por el Ejecutivo y publi-
cado en el Diario Oficial el 28 de abril
de 2021 (Ley N°21.330), tras la deci-
sión del Tribunal Constitucional de no
acoger a trámite el requerimiento por
inconstitucionalidad ingresado por el
Ejecutivo.
Al respecto, la nueva ley es una mala
noticia por múltiples razones. En
primer lugar, porque la idea de reti-
rar dineros de las cuentas de capita-
lización individual es contradictoria
e incompatible con el propósito de
generar mejores pensiones. La apro-
bación de la medida, al igual que como
ocurrió con el primer y el segundo
retiro, generaría pensiones más bajas
no solo para los actuales pensiona-
dos, sino también para los futuros. En
segundo lugar, porque nuestro país
empieza a mostrar mejores índices
económicos (recuperación económica
y perspectivas de repunte para este
año). Además, la propuesta es regre-
siva, en atención a que solo un grupo
reducido de las personas más vulne-
rables podrá acceder al tercer reti-
ro. Cabe considerar que las medidas
del Ejecutivo podrían beneficiar a un
universo potencial superior a 13 millo-
nes de personas. El tercer retiro, por
su parte, podría beneficiar a cerca de
7 millones de personas, las que mayo-
ritariamente pertenecen a los quintiles
de mayores ingresos, lo que se profun-
diza al quedar el retiro exento del pago
de impuestos. Finalmente, porque
resulta muy preocupante que un 42%
de los afiliados al sistema previsional
queden sin recursos en sus cuentas de
capitalización individual. Dicha situa-
ción complejizaría aún más la tramita-
ción de la reforma de pensiones que se
discute en el Senado.
En definitiva, la problemática previsio-
nal se agrava con iniciativas de esta
naturaleza, afectando especialmente a
los sectores más vulnerables. Además,
con la aprobación de los denominados
“anticipos” a los jubilados de renta vita-
licia se ve afectada la certeza jurídica
(al vulnerar el derecho de propiedad)
y -tal como señaló la Comisión para
el Mercado Financiero (CMF)- podría
afectar la solvencia de las compañías
de seguros e impactar negativamente
en el costo de los seguros.
Congreso
CONGRESO
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