Título VIII. Modificaciones a la Ley Sobre Impuesto a la Renta - Núm. 66, Diciembre 2018 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 795584957

Título VIII. Modificaciones a la Ley Sobre Impuesto a la Renta

Páginas113-113
REFORMA AL SISTEMA
DE PENSIONES
113
LaslialesdelasCooperativasdeAhorroyCréditoconstituidascomoAdministradoras
deAhorro Complementario para Pensión deberán observar estrictamente el giro
exclusivo al cual se reere el artículo 17 ter del decreto ley N° 3.500, de 1980,
quedándolesprohibidoofreceruotorgarbajocircunstanciaalguna,ya seadirectao
indirectamente,niaunatítulogratuito,cualquierotroserviciooproductoqueresulte
ajenoasugiroexclusivo.
LaCooperativadeAhorroyCréditoque seapropietariadeunalialAdministradora
deAhorro Complementario para Pensión nopodrá subordinar el otorgamiento de
losservicios o productos propios desugiro a la incorporación opermanenciade
unapersonaendichasociedad.Igualmente,nopodrásupeditarelotorgamiento de
condicionesmásfavorablesenrazóndetalescircunstancias.
s)Tratándose de las Cooperativas de AhorroyCréditoaque se reere el inciso
primero del artículo 87, constituir liales como sociedades Administradoras del
FondodeDependencia.”.
c) Agrégaseelsiguienteincisonal:
“La existencia de las liales a que se reeren las letras q) y r) de este artículo,
deberáserautorizadaenformapreviaasuconstituciónporlaSuperintendenciade
Pensiones,siguiendoelprocedimientocontenidoenelartículo130ysiguientesde
laley N°18.046,en lamedidaen quecuentencon laautorización previa parasu
constitucióndelaSuperintendenciadeBancoseInstitucionesFinancieras.”.
TÍTULO VIII
MODIFICACIONES A LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA
Artículo 36.- Introdúcense las siguientes modicaciones en la Ley sobre
Impuesto a la Renta, contenida en el decreto ley N° 824, de 1974.
1. Agrégase en el artículo 42 ter, el siguiente inciso nal:
“Losretiros a que se reere el artículo70bis del decreto ley N° 3.500,de1980,
sesujetaránal tratamiento tributario establecido en este artículo. En el caso que
el contribuyente realice retiros libres de impuesto, conforme al citado artículo 70
bis,dichas cantidadesse consideraránparacalcular lostopes máximosdel inciso
primero,debiendoportantodeducirsededichostopesmáximoselmontoequivalente
alasunidadestributariasmensualescorrespondientesalosretirosrealizadoslibres
deimpuestos.”.
TÍTULO IX
MODIFICACIONES A LA LEY N° 20.712 SOBRE ADMINISTRACIÓN DE
FONDOS DE TERCEROS Y CARTERAS INDIVIDUALES
Artículo 37.- Introdúcense las siguientes modicaciones en la ley N° 20.712:
1. Agréganse, en el artículo 3, los siguientes incisos segundo a séptimo
nuevos:

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