La topica - Libros y Revistas - VLEX 648908769

La topica

AutorRamón Beltrán Calfurrapa
CargoProfesor de Derecho procesal en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de Atacama, Copiapó
A
e purpose of this article is demons-
trate the role played by the Topical Legal
in relation with to precedent and juris-
prudence. On basis of the historical and
conceptual evolution of the topical, seeks
to explain and justify if it is or not possibly
his use in the contemporary context of the
adjudicative binding resolutions.
K
Topical – Judicial precedent – Juris-
prudence.
* Agradezco las valiosas sugerencias y comentarios efectuados al borrador de este
trabajo por el profesor Dr. D. Alejandro Guzmán Brito. Naturalmente, todo error en
que se incurra, es de mi exclusiva responsabilidad.
** Profesor de Derecho procesal en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universi-
dad de Atacama, Copiapó; alumno del Programa de Doctorado en Derecho de la Pon-
ticia Universidad Católica de Valparaíso; becario C. Dirección postal: Avda.
Copayapu 333, Copiapó, Chile. Correo electrónico: ramón.beltran@uda.cl
R
El presente artículo tiene por nali-
dad denotar el rol de la tópica jurídica en
su vinculación con el precedente y la ju-
risprudencia. Sobre la base de la evolución
histórica y conceptual de la tópica, busca
explicar y fundamentar si es o no posible
su utilización en el contexto contempo-
ráneo de las resoluciones adjudicativas
vinculantes.
P 
Tópica –Precedente judicial – Juris-
prudencia.
L  
     
   *
[“Legal Argumentationand its Argumentative Connection with Precedent and
Jurisprudence”]
R B C**
Universidad de Atacama, Copiapó, Chile
R el 8 de octubre y  el 5 de noviembre de 2012.
Revista de Derecho
de la Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
XXXIX (Valparaíso, Chile, 2012, 2do Semestre)
[pp. 587 - 606]
R B C588 R  D XXXIX (2do S  2012)
I. I
Desde que eodor Viehweg publicara en 1953 su libro titulado Topik
und Kurisprudenz: Ein Beitrag zur rechtswissenschalichen Grundlagen-
forschung, la noción de tópica asociada a lo jurídico constituye un punto
muy básico de la Teoría general del Derecho. Sin embargo, esta pretendida
rehabilitación de la tópica aristotélica y ciceroniana a la actualidad, por su
vaguedad e imprecisión, ha supuesto también la adopción de una serie de
postulados que, sin negar su importancia y trascendencia, han contribuido
a cimentar perles borrosos y dubitativos en cuanto a la delimitación con-
ceptual y ámbito de aplicación de la tópica.
Por tal motivo, el presente artículo tiene por nalidad, en primer orden,
analizar tanto la evolución terminológica como las diversas variantes de re-
cuperación de la tópica. Luego, describiendo su vasta sonomía polisémica
y contextual, en segundo orden, pretende efectuar un breve examen a la
citada obra de Viehweg criticando las nociones de “pensamiento complejo”,
“problema”, “aporía”, “aporía fundamental” –a propósito de la solución justa
aquí y ahora–, usadas por él para entender tal paradigma. En tercer orden,
y asumiendo que la tópica cumpliría un rol semiótico vinculado a la prag-
mática, intentará demostrar que los topoi o loci son sólo puntos de respaldo
o apoyo no constitutivos de los argumentos nales usados en la elaboración
de la resolución jurisdiccional. Por último, pretenderá confrontar la tópica
jurídica con el razonamiento ligado al precedente y a la jurisprudencia, a n
de determinar si es o no posible acudir a ella en la solución de problemas
jurídicos con base a decisiones jurídicas vinculantes.
II. L   A  C
Si bien se suele armar que la tópica es un viejo patrimonio indoeuro-
peo, desarrollado muy especialmente en las culturas mediterráneas, y que
aparece ligado al uso de determinadas claves mnemotécnicas argumenta-
tivas1, no podemos negar que cualquier intento serio en tratar de descifrar
los aspectos terminológicos de la misma, debe principiar necesariamente en
Aristóteles.
Con él, la tópica se desarrolla, nace en su rigurosidad metodológica y
alcanza su reconocimiento inicial, sujeta, empero, a otras dos ideas indiso-
lublemente unidas: la dialéctica y la retórica.
Sabido es que la tópica es el término que da título a una de las obras de
1 Véase: P, Francisco, Tópica jurídica (Santiago de Compostela, 1984), p. 801.

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