Tres razones para la utilización de la eficiencia en el derecho procesal concursal - Núm. 30, Julio 2018 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 754843841

Tres razones para la utilización de la eficiencia en el derecho procesal concursal

AutorNicolás Ignacio Ariel Carrasco Delgado
CargoAbogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile. Magíster con mención en Derecho Económico de la Universidad de Chile. Doctorando en Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid. Becario de Becas Chile para cursar estudios de doctorado en el extranjero, 2015. Profesor asistente de Derecho Procesal de la ...
Páginas55-85
Artículos de doctrina
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TRES RAZONES PARA LA UTILIZACIÓN
DE LA EFICIENCIA EN EL DERECHO
PROCESAL CONCURSAL
THREE REASONS TO UTILIZATION
THE EFFICIENCY ON BANKRUPTCY
PROCEDURAL LAW
Nicolás Ignacio Ariel Carrasco Delgado*
rEsumEn
En este artículo exploro tres razones por las cuales el Derecho Procesal
Concursal es uno de los subconjuntos normativos donde tienen aplicación
las consideraciones de eficiencia del análisis económico del Derecho. Para
tal efecto, nos centraremos en el examen de las necesidades de pago de
créditos que originan un procedimiento concursal. Al respecto, el Derecho
Procesal Concursal buscará incrementar la riqueza existente con miras a
satisfacer esas necesidades. En ese contexto, el Derecho Procesal Concursal
posee una serie de instrumentos que persiguen incrementar la masa activa;
asimismo, respeta en lo indispensable las reglas de titularidad de créditos
(en lo necesario para enfrentar el problema de acción colectiva de los
acreedores que surge con la insolvencia) y, finalmente, permite justificar
la eficiencia en las preferencias de los mismos sujetos participantes del
procedimiento concursal.
Palabras claves: Derecho Concursal, Derecho Procesal, análisis económico
del Derecho.
Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 30, pp. 55-85 [julio 2018]
* Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile.
Magíster con mención en Derecho Económico de la Universidad de Chile. Doctorando
en Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid. Becario de Becas Chile para cursar
estudios de doctorado en el extranjero, 2015. Profesor asistente de Derecho Procesal de
la Universidad de Chile. Dirección postal: Pío Nono Nº 1, Providencia, Santiago. Correo
electrónico: ncarrascod@gmail.com. Artículo recibido el 9 de febrero de 2017 y aceptado
para su publicación el 18 de diciembre de 2017.
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Nicolás Ignacio Ariel Carrasco Delgado RChDP Nº 30
Artículos de doctrina
abstract
In this article, I shall explore three reasons why Bankruptcy Procedural
Law is one of the normative subsets in which the considerations of efficien-
cy in economic analysis of law are applied. To that end, I shall concentrate
on the examination of the need to pay outstanding debt obligations which
results from bankruptcy proceedings. With regards to this, bankruptcy
procedural law seeks to increase existing wealth in order to satisfy these
needs. In this context, bankruptcy procedural law avails of a series of
instruments which seek to increase the debt pool; likewise and where
essential, it observes the rules of receivables (only where necessary to deal
with the problem of collective proceedings on the part of creditors in which
insolvency can result), and finally, it allows the justification of efficiency
in the preferences of those who participate in bankruptcy proceedings.
Key-words: Bankruptcy law, procedural law, economic analysis of law.
i. introducción
Desde el punto del bienestar social el objetivo del Derecho Procesal
Concursal corresponde a la denominada eficiencia concursal ex post1. Tal
finalidad implica que el proceso concursal busca mejorar la tasa de recu-
peración de créditos2. De esta forma, este objetivo se cumplirá cuando
la tasa de recuperación de créditos existente al término del concurso sea
mayor que la tasa de recuperación de créditos que pudieran haber recibido
los acreedores a su inicio. Al respecto, los acreedores son considerados
como un todo3. Lo señalado implica reconocer un objetivo de eficiencia
1 La literatura del análisis económico del Derecho Concursal distingue entre eficiencia
concursal ex ante y ex post. La primera refiere una serie de efectos que la ley de insolvencia
produce entre acreedores y deudores en periodos de solvencia de este último (efecto de
incentivos sobre el deudor para cumplir sus obligaciones; efecto de incentivos sobre el
deudor para el inicio oportuno del concurso, y efecto de incentivos sobre los acreedores
para fiscalizar al deudor). Al respecto, puede verse B
ErKovitch
y I
sraEl
(1999), pp.
347-377. Sin embargo, considero que una vez iniciado el concurso, solamente interesa la
eficiencia concursal ex post, ya que ella se logrará en la medida que se aumente la tasa
de recuperación en los procedimientos concursales. Dado que este artículo se enmarca
en un estudio de Derecho Procesal Concursal es que nos centraremos en esa finalidad
de eficiencia. De hecho, la eficiencia ex ante es estudiada preferentemente en las finanzas
corporativas, véase W
ohlschlEg El (2002),
pp. 21-43.
2 C
abrillo
(1989), p. 45; P
Einado
(2006), p. 239; M
arinc
y Vl
ahu
(2012), p. 10;
S
chwartz
(1998), p. 1815.
3 J
acKson
y S
cott
(1989), pp. 156-158.
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