Urbanismo, Contraloría General de la República y tribunales de justicia. A propósito de la acción de protección deducida por la Fundación Club Deportivo de la Universidad Católica de Chile - Núm. 3, Enero 2007 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706572797

Urbanismo, Contraloría General de la República y tribunales de justicia. A propósito de la acción de protección deducida por la Fundación Club Deportivo de la Universidad Católica de Chile

AutorEduardo Soto Kloss
CargoDecano Facultad de Derecho, Universidad Santo Tomás. Profesor Facultad de Derecho, Universidad Católica de Chile
Páginas131-144
131
URBANISMO, CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y TRIBUNALES
Urbanismo, Contraloría General de la
República y tribunales de justicia.
A propósito de la acción de protección
deducida por la Fundación Club Deportivo de
la Universidad Católica de Chile
EDUARDO SOTO KLOSS
Decano Facultad de Derecho, Universidad Santo Tomás
Profesor Facultad de Derecho, Universidad Católica de Chile
RESUMEN
Conociendo la Contraloría General de la República de una consulta/reclamación
de dos personas respecto de la legalidad de un oficio de la Secretaría Regional
Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y otro del Alcalde de la Munici-
palidad de Las Condes, emitió un dictamen declarando la ilegalidad de ellos,
basado en la interpretación de determinado precepto de la Ordenanza de urbanis-
mo y construcciones. Deducida la acción constitucional de protección por la enti-
dad que había iniciado el procedimiento urbanístico, y afectada por el pronuncia-
miento contralor, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la pretensión
protectiva y, declarando ilegal y arbitrario el dictamen recurrido, lo dejó sin efecto,
fallo que confirmara la Corte Suprema. El comentario que se realiza versa sobre la
fundamentación jurídica del referido fallo, la cual establece que la Contraloría en
estas materias posee solo competencia para pronunciarse respecto de la “forma” de
los actos y no sobre el “fondo”, fundamento que se controvierte por no tener
asidero ni constitucional ni legal, y estableciéndose que el fundamento en el dere-
cho vigente es otro, lo que no significa, de modo alguno, que la solución dada por
la Corte haya sido injusta, ya que el dictamen controvertido es ciertamente contra-
rio a Derecho, y, por tanto, nulo, pero por otros argumentos tanto constitucionales
como legales.
SUMARIO
I. Introducción. II. El fallo. Bibliografía
La naturaleza gusta esconderse
Heráclito

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