Corte Suprema, 25 de abril de 1996. Valdés V., Gerardo con Banco de Chile (recurso de queja) - Núm. 1-1996, Enero 1996 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 228685182

Corte Suprema, 25 de abril de 1996. Valdés V., Gerardo con Banco de Chile (recurso de queja)

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No se publica la sentencia de la I. Corte de Apelaciones de Santiago de fecha 23 de enero de 1995, por considerar la Excma. Corte Suprema que al resolver los sentenciadores en la forma que lo hicieron no incurren en falta o abuso.

Se incluye una nota referente a este fallo, del abogado don Sergio Rossel C.


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Conociendo del recurso de apelación.

Vistos y Considerando:

Se reproduce la sentencia en alzada dictada el 14 de julio de 1993, escrita a fs. 108 de autos, en su parte expositiva y en sus primeros 6 considerandos, reemplazándose los considerandos 7º al 14º, ambos inclusive, por los siguientes.Page 51

  1. Que la pretensión del actor de autos está constituida porque "se decreten extinguidos los gravámenes que afectaban a los predios rústicos singularizados en el cuerpo de este escrito", cuya individualización técnica se contiene en la demanda; es decir, que se den por canceladas las inscripciones de hipoteca y de prohibición que afectan a los inmuebles referidos.

  2. Que el fundamento central de la alegación del actor, descansa en la circunstancia que tanto la hipoteca como la prohibición que afectan a esos predios, obedecían a una deuda que, según sentencia ejecutoriada de término, emitida por la Excma. Corte Suprema, fue declarada extinguida por prescripción. Y que, por estar prescritas, no corresponde que accedan a ella ninguna obligación, debiendo alzarse dichas limitaciones al dominio que son consecuencia de esa obligación prescrita y dejarse sin efecto aún con la oposición del Banco de Chile, pues "no existen deudas exigibles" por este último. Que, la acción correspondiente, esgrimida por ese Banco en su oportunidad, destinada al cobro de la acreencia que tenía contra el demandado, fue declarada extinguida por prescripción por la sentencia que acogió el recurso de casación de fondo, interpuesto por este último, en los autos del 9º Juzgado Civil de Santiago, caratulados "Banco de Chile con Valdés, Gerardo", rol 655-84, según consta del fallo emitido por ese Excmo. Tribunal el 29 de enero de 1992, adjuntado en copia a esta causa, cuya sentencia de reemplazo de igual fecha, confirmó la sentencia de primera instancia apelada por el citado Banco, de 29 de octubre de 1989 de ese Juzgado.

  3. Que el demandado de esta causa -el Banco de Chile- ha afirmado que la prescripción antes mencionada, sólo dijo relación con las acciones cambiarias, derivadas de los contratos de mutuo que esa entidad bancaria suscribió con el demandante de este proceso Sr. Valdés y que sirvieron de fundamento a su libelo anterior, pero que el fallo del Tribunal Superior "no pudo hacerse extensivo a la prescripción de la acreencia" misma, que es lo que con posterioridad a aquel proceso del 9º Juzgado Civil de Santiago, ese Banco ha demandado a su deudor ante el 5º Juzgado Civil de esta ciudad. Luego, no resulta posible pretender que la declaración de prescripción sobre dichas acciones y/o derechos, se haga extensiva a las acciones ordinarias interpuestas ante este último Tribunal y cuyo proceso -que esta Corte ha tenido a su vista- se encuentra a la fecha en estado de sentenciarse en primera instancia (decreto de "cítase para oír sentencia" librado a fs. 137 con fecha 3 de octubre de 1994).

  4. Que de lo relacionado se sigue, que la controversia en este pleito se centra en determinar los exactos efectos que el fallo emitido por la Excma. Corte Suprema en los autos "Banco de Chile con Valdés, Gerardo" del 9º Juzgado Civil de Santiago, por el que se acogió la casación en el fondo interpuesta por el demandado declarando...

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