Corte de Apelaciones de Valparaíso, 28 de enero de 2006. Andreani Corral, César (recurso de amparo) - Núm. 1-2006, Junio 2006 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 218044293

Corte de Apelaciones de Valparaíso, 28 de enero de 2006. Andreani Corral, César (recurso de amparo)

AutorCarlos Künsemüller Loebenfelder
Páginas334-336

Page 334

Conociendo del recurso interpuesto.

LA CORTE

Vistos:

A fojas 7 comparece* don César Andreani Corral, chef, domiciliado para estos efectos en Avenida Colón Nº 2255 de la comuna de Valparaíso, quien deduce recurso de amparo en contra del Primer Juzgado de Menores y Tribunal de Familia, ambos de Valparaíso.

Señala que en autos sobre aumento de pensión alimenticia, caratulados “Andreani Pereira, Catalina y otra”, Rol Nº 1222-Page 3352004, se decretó en su contra orden de arraigo, por orden del Juez del Primer Juzgado de Menores de Valparaíso la cual a su juicio es improcedente, arbitraria e ilegal.

Indica el recurrente que por razones de trabajo se encuentra radicado en Noruega y que a contar del mes de noviembre de 2005 inició sus vacaciones en Chile, debiendo regresar a Noruega el día 12 de enero de 2006, con el fin de presentarse a su trabajo.

Pese a dicha obligación, no pudo viajar por existir en su contra el arraigo antes mencionado, producto de una solicitud formulada por doña Patricia Pereira Vásquez, madre de sus 2 hijas en la causa Rol Nº 1222-2004, con el fin que el suscrito consignara fondos en la cuenta corriente del Tribunal, a objeto de garantizar el pago de las pensiones alimenticias futuras.

Agrega, que tal como consta de avenimiento celebrado el 11 de febrero de 2005, se acordó aumentar la pensión de alimentos en la suma de $ 273.931 mensualmente a contar del mes de marzo de 2005, más otros beneficios a favor de los menores, consistentes en útiles, uniformes y pago de matrículas.

Sostiene que consta en la causa antes referida, que le ha pagado íntegramente la suma acordada, de la siguiente forma: desde el mes de marzo a noviembre de 2005, pagó por concepto de pensiones de alimentos mediante depósito directo en Libreta de Ahorros de la demandante la suma de $ 2.025.031.

En su presentación conforme al detalle del pago efectuado, indica que conforme al detalle de las letras respectivas, la demandante giró en exceso sobre la garantía, suma de $ 491.641 con lo cual en el período de marzo a noviembre de 2005, percibió en exceso por concepto de pensión de alimentos la suma antes indicada. En razón de ello, el Primer Juzgado de Menores de Valparaíso, debió girar la suma de $ 708.879 a cuenta de la garantía y por diferencias de pensiones, pero no la suma de $ 1.200.520, como inexplicablemente lo hizo, causándole grave perjuicio.

Indica que, además, ante el Primer Juzgado de Menores de Valparaíso consignó la suma de $ 750.000...

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