Vigencia de estas instrucciones - Núm. 27, Septiembre 2015 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703999557

Vigencia de estas instrucciones

Páginas201-228
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Régimen Renta Atribuida Vigente a
Contar del 1° de Enero de 2017
b) Certicar a sus propietarios, comuneros, socios o accionistas, lo si-
guiente:
- El monto de cada uno de los retiros, remesas o dividendos efectuados durante
el año por la empresa, comunidad o sociedad a favor del contribuyente, indicando
la fecha en que se realizó y si se trata de rentas o cantidades afectas al IGC o IA,
rentas exentas o ingresos no constitutivos de renta, así como el crédito por IDPC
que establecen los artículos 56 N° 3 y 63 de la LIR y el incremento señalado en los
artículos54,58y62,delamismaley,identicandosisetratadeuncréditoconosin
derecho a devolución.
- El monto de las rentas que le han sido atribuidas y el crédito por IDPC que
lescorresponde,identicandosisetratadeuncréditoconosinderechoadevolución;
El Servicio regulará a través de una resolución la forma y plazo en que se deberá
cumplir con esta obligación.
III.- VIGENCIA DE ESTAS INSTRUCCIONES.
LasnormaslegalesdequetratalapresenteCircular,consistentesenmodicaciones
al artículo 14 de y demás preceptos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y sobre
otras normas transitorias que regulan diversas situaciones tributarias que contempla
la Ley N° 20.780, rigen, como regla general, a contar del 1° de enero de 2017, sin
perjuicio de las reglas especiales de vigencia y transición que considera dicha Ley,
y se indican en cada uno de los casos analizados.
Las instrucciones de este Servicio sobre las materias analizadas, rigen a partir de
supublicaciónenextractoenelDiarioOcialenconcordanciaconlavigenciadelas
normas legales señaladas.
202
Manual EjEcutivo tributario
ANEXO: EJEMPLOS.
EJEMPLO N° 1: Reconocimiento de retiros, remesas o dividendos afectos al
IGC O IA, percibidos por empresas sujetas al régimen de imputación parcial de
créditos. Determinación de la RLI de primera categoría.
ANTECEDENTES:
I.- La Sociedad AA Limitada, sujeta al régimen de imputación parcial de crédi-
tos, presenta los siguientes antecedentes relacionados con sus inversiones
en acciones, para el año comercial 2017.
- Dividendo 1, afecto al IGC o IA, percibido en el mes de marzo de 2017,
desde una empresa acogida al régimen de renta atribuida (Art. 14 letra A)),
con derecho a crédito e incremento por IDPC, con tasa de 25%. $ 10.000.
- Dividendo 2, afecto al IGC o IA, percibido en el mes de abril de 2017, desde
una empresa acogida al régimen de renta atribuida (Art. 14 letra A)), imputa-
do al FUT, con derecho al crédito e incremento por IDPC, con tasa de 20%.
$ 5.000.
- Dividendo 3, afecto al IGC o IA, percibido en el mes de octubre de 2017,
desde una empresa acogida al régimen de imputación parcial de créditos
(Art. 14 letra B)), con derecho a crédito e incremento por IDPC con de tasa
25,5%, sujeto a restitución. $ 25.000.
II.- Determinación de la Renta Líquida Imponible de acuerdo a los artículos 29
al 33 de la LIR.
Resultadonancierosegúnbalance $ 50.000
Agregados:
Provisiones varias $ 12.500
Multaspagadasalsco,(reajustadas) $ 2.300
Deducciones:
Dividendo 1, afecto al IGC o IA percibido en marzo de 2017 (histórico) -$ 10.000
Dividendo 2, afecto al IGC o IA percibido en abril de 2017 (histórico) -$ 5.000 (1)
Dividendo 3, afecto al IGC o IA percibido en octubre de 2017 (histórico) -$ 25.000 (2)
Desagregados:
No hay
RLI al 31 de diciembre de 2017 antes de ajuste que ordena el N° 5,
del art. 33 de la LIR $ 24.800

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