Acciones de interés público en materia laboral - Núm. 9, Octubre 1999 - Serie de Publicaciones Especiales - Cuadernos de Análisis Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 399725574

Acciones de interés público en materia laboral

AutorJavier Neves Mujica
CargoProfesor de Derecho del Trabajo y ex Director del Departamento de Investigación de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Perú
Páginas127-147
derecho a la libertad científica e investigativa. Amén de resultar
un
ejemplo más del género, la obligación de producción de infor-
mación pública en materia de derechos económicos, sociales y cul-
turales agrega a su favor, como se dijo, la estrecha dependencia
del goce universal de estos derechos de la adopción de medidas
positivas
por
parte del Estado que, incumpliendo con aquella obli-
gación, sustrae del necesario control el cumplimiento de sus obli-
gaciones esenciales en la materia.
Por otro lado, también constituye una fuente interesante de ins-
piración el derecho de consulta a las comunidades indígenas ante
medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarlos,
establecido por el art. 6 del Convenio
169
de la
OIT38.
Si
bien
dicha disposición va más allá del simple derecho de acceder a la
información que los afecte, garantizando un derecho de los pue-
blos indígenas a la participación en la toma de decisiones, es indu-
dable que existe
un
componente directamente vinculado con la
obligación positiva del Estado de producir y brindar la informa-
ción pertinente para dicha toma de decisiones.
El
Estado debe, en
este caso, aportar
por
la información relevante, sometiéndola a
consulta de los pueblos indígenas, sin necesidad de requerimiento
o solicitud por parte de estos.
El
ejemplo plantea analogías intere-
santes con la vía de justiciabilidad que propugnamos, siendo con-
venien
te
tomarlo en cuenta para fundar el reclamo de inform¡¡ción
sobre derechos económicos, sociales y culturales.
38
El
Convenio
número
169
de
la
Organización
Internacional
del
Trabajo
dispone en
su
arto
6
que
los
Estados
tienen
la
obligación
de
"consultar
a los pueblos interesados,
mediante procedimientos apropiados
y,
en particular, a través de sus instituciones
representativas,
cada
vez que se prevean medidas legislativas o administrativas sus-
ceptibles
de
afectarles
directamente."
"
ACCIONES
DE
INTERES
PUBLICO
EN
MATERIA
LABORAL
JAVIER NEVES MU)lCA
1.
OBJETIVO
Este trabajo se encuadra en el proyecto sobre acciones de inte-
rés público y tiene como objetivo central analizar las posibilidades
de aplicación de sus conceptos fundamentales al ámbito laboral de
nuestro país, en su actual contexto jurídico y social.
2.
LOS
SUPUESTOS
DEL
PROYECTO
Y
SU
APLICACION
EN
MATERIA
LABORAL,
EN
EL
PERU
DE
HOY
En mi apreciación, el proyecto maneja dos tipos de supuestos
básicos: los primeros, fácticos; y los segundos, conceptuales!. A su
vez, los supuestos fácticos parecen ser principalmente dos: el de-
bilitamiento de las entidades tradicionales de representación y
participación social, que lleva a la indispensable búsqueda de nue-
vos cauces institucionales para lograr esos propósitos; y la revalo-
rización del Estado de Derecho como escenario propicio para la
satisfacción plena de las aspiraciones políticas, económicas, socia-
les y culturales de la población.
1 Así puede inferirse
de:
González, Felipe,
"Relatoría
GeneraL
Proyecto
sobre acciones
de interés público", en
Las
acciones
de
interés
público.
Argentina,
Chíle,
Colombia,
Perú,
Santiago,
Escuela
de
Derecho,
Universidad
Diego
Portales,
1997,
pp.
15
a
48.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR