Corte de Apelaciones Presidente Aguirre Cerda, 15 de octubre de 1998. R.B. Asesores Profesionales Ltda. con María Idalzuaga Fajardo - Núm. 3-1998, Septiembre 1998 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 228295042

Corte de Apelaciones Presidente Aguirre Cerda, 15 de octubre de 1998. R.B. Asesores Profesionales Ltda. con María Idalzuaga Fajardo

Páginas75-77

Véase en R. de D. y J. mismo tomo, 2ª parte, sec. 1ª, pág. N° 31 (forma, fondo 5/5/98).


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Conociendo del recurso de apelación.

LA CORTE:

Vistos:

Se produce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos tercero y cuarto y de la cita de los artículos 549 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, que se eliminan.

Y se tiene en su lugar y, además, presente:

  1. ) Que en estos autos se ha deducido por "R.B. Asesores Profesionales Limitada", acción de demarcación en contra de María E. Idalzuaga Fajardo, con la finalidad de que se obligue a ésta a regularizar la demarcación de su terreno, de conformidad a la cabida que tiene su propiedad, según los planos e inscripciones pertinentes. Se fundamenta en que, habiendo encargado una verificación de los deslindes de su propiedad, se habría determinado que se le está quitando un veinte por ciento de su superficie, pues el deslinde oriente de la parcela número 4, perteneciente a la demandada, estaría corrido hacia el poniente en 15,3 metros.

  2. ) Que el Código Civil trata la demarcación en el artículo 842 del Código Civil, expresando que "todo dueño de un predio tiene derecho a que se fijen los límites que lo separan de los predios colindantes y podrá exigir a los respectivos dueños que concurran a ello, haciéndose la demarcación a expensas comunes". De este modo, la demarcación es una de las facultades materiales del dominio que se traduce en el poder que tiene todo propietario de un inmueble, por el solo hecho de serlo, para fijar la extensión exacta de su derecho y para individualizar por medio de signos materiales la cosa sobre que éste recae (Curso de Derecho Civil, los Bienes y los Derechos Reales, A. Vodanovic H.).

  3. ) Que, entonces, la acción de demarcación persigue que se fijen judicialmente los límites dentro de los cuales se extiende una propiedad y la separación de las otras. El objeto de la acción de demarcación es la delimitación y amojonamiento y esto se hace generalmente por obras de alguna elevación o piedras colocadas en los puntos en que hace ángulo la línea divisoria de ambos predios.

  4. ) Que basta examinar los términos en que se encuentra planteada la demanda de autos, para verificar que los presupuestos antes consignados no se dan, pues en el señalado libelo se indica que "... desde esa fecha se ha intentado por todos los medios regularizar esta situación, solicitándosele a la propietaria de la parcela número 4, la demandada, que ajuste los cierros de su...

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