Corte Suprema, 21 de octubre de 1997. Corte de Apelaciones de Arica, 10 de septiembre de 1997. Alcalde de la Municipalidad de Arica con Juez del Primer Juzgado de Letras de Arica (recurso de protección) - Núm. 3-1997, Septiembre 1997 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 228651354

Corte Suprema, 21 de octubre de 1997. Corte de Apelaciones de Arica, 10 de septiembre de 1997. Alcalde de la Municipalidad de Arica con Juez del Primer Juzgado de Letras de Arica (recurso de protección)

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Sobre recurso de protección en contra de resoluciones judiciales vid. en esta misma Revista, tomo y sección, KDM, pp. 42-46 y nota al pie de pág. 43; son numerosos y muy variados los casos de protección que se deducen por agravios originados por decisiones judiciales, por ello es que aparece insólita la afirmación que hace el fallo transcrito, en su considerando 5º, de ser un principio general que esta acción de amparo sea improcedente para proteger los derechos fundamentales frente a la ilegalidad o arbitrariedad en que incurran los jueces, ya que si se revisa la jurisprudencia la verdad es lo contrario; casos hay de protecciones acogidas frente a ilegalidades de jueces civiles, de menores, del crimen y de tribunal electoral, de jueces árbitros, e incluso por ser el acto agraviante "manifiestamente ilegal", como se afirma, v. gr., en Soc. López Corces, t. 86 (1989) 2.5, 1-4, por la propia Corte Suprema (considerando 4º, pág. 3); ya en aquella época se afirmaba la procedencia de esta acción en contra de resoluciones judiciales (vid. nota a Soc. López cit., en pág. 4).


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LA CORTE

Vistos:

Por los propios fundamentos de la parte no recurrida del fallo y por estimarse inapropiado el procedimiento de oficio seguido en primera instancia, se revoca en lo apelado la sentencia de diez de septiembre último, escrita a fojas 53 y, en consecuencia, se declara que se deja sin efecto lo resuelto de oficio por la Corte de Apelaciones de Arica.

Regístrese y devuélvase con sus agregados.

Nº 3286-7.

Pronunciada por los Ministros señores Osvaldo Faúndez V., Lionel Béraud P., Arnaldo Toro L., Germán Valenzuela E. y el abogado integrante señor José Fernández R.

El fallo de primera instancia es del tenor siguiente:

LA CORTE

Vistos:

  1. Don Luis Iván Paredes Fierro, Alcalde de la I. Municipalidad de Arica, deduce recurso de protección en contra del señor Juez del Primer Juzgado de Letras de esta ciudad, don Jorge Quiñones Garat, debido a que -según refiere- el señor Juez recurrido dio lugar al embargo de siete inmuebles de propiedad municipal, los que son inembargables de acuerdo al artículo 28 y siguientes del texto refundido de la Ley Orgánica de Municipalidades de 27 de agosto de 1992, por estar destinados al funcionamiento de sus servicios, concepto ratificado en su artículo 30 que dispone que los bienes inmuebles municipales sólo podrán ser enajenados, grabados o arrendados en caso de necesidad o utilidad manifiesta. También el recurrido hace referencia a la tramitación de los autos Laborales Rol Nº 7.635 del Juzgado indicado, caratulados "Manosalva y otros con I.M.A.", en donde se decretó el embargo de los bienes raíces mencionados en las bases de remate de fojas 189 de esos autos, cuya impugnación fue rechazada por el Juez en resolución de fecha 25 de enero último pasado, corriente en fojas 249 del expediente citado, que se refieren a los siguientes bienes:

    Lote equipamiento superficie 410,30 metros cuadrados, camino a Las Pesqueras Nº 591, Arica, Rol Nº 3405-2, inscrita fs. 820 Nº 741 Registro Propiedad Conservador Arica, año 1996; San Marcos Nº 441, Arica, inscrita fs. 1104 vta. Nº 855 Registro Propiedad Conservador Arica, año 1988, rol 55-4; Local manzana H, lote H- dos, Parque Central Nº 890 Población Santa María, Arica, Rol Nº 303-24, inscrito fs. 2620 vta., Nº 2540 Reg. Propiedad Conservador Arica, año 1979; Baquedano Nº 250 al 252, Arica. Avalúo Nº 55-20, inscrito fs. 1002 Nº 680 Registro Propiedad Conservador Arica, año 1989; Terrenos fiscales conforman lote Nº 10 loteo Saucache Oriente, Arica, Hualles Administración, Poblado Artesanal, inscrito fs. 1922 vta., Nº 1266 Registro Propiedad Conservador Arica año 1982, Rol Nº 1290-11; Baquedano Nº 256 al 298, Arica, inscrita fs. 1002 vta. Nº 681, Registro Propiedad Conservador Arica, año 1989; Predio inmediato...

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