Contenido del proyecto de ley
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Manual EjEcutivo La bor aL
La presente iniciativa es parte del conjunto de proyectos que hoy propongo y cuyo
objetivo es mejorar las pensiones de las y los actuales pensionad os y las de las y los
futuros aún más, incrementando el ahorro previsional con elementos de solidaridad,
entre jóvenes y adultos mayores, entre hombres y mujeres y entre trabajadores de
altos y bajos ingresos y perfeccionar la regulación del sistema de capitalización
individual,parapotenciarlaparticipacióndelasylosaliadosenelsistema,fortalecer
latransparencia,alinearlosincentivoseintroducirmayorcompetenciaymáseciencia
en la gestión.
En este nuevo diseño se abordan así de forma integral los desafíos del sistema de
pensiones, fortaleciendo los principios de la seguridad social al interior del mismo.
Se incluyen mayores grados de solidaridad, se mejora la equidad de género, se
reincorpora la cotización de cargo de la empleadora o empleador pasando a un
sistema verdaderamente tripartito y se fortalece el rol del Estado en la seguridad
social. El diseño cautela además los incentivos a trabajar formalme nte, a cotizar y al
ahorro para incrementar así las pensiones de manera sustentable.
II. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY
Elpresenteproyectodeleyintroducemodicaciones aldecretoNº3.500,de1980,
que establece Nuevo Sistema de Pensiones; a la ley Nº 20.255, que establec e
Reforma Previsional; a la ley Nº 19.728, que establece un Seguro de Desempleo;
Nº 824, de 1974, con el objeto de mejorar la regulación del sistema de capitalización
individual,potenciarlacompetenciayaumentarlaparticipacióndelosaliados.
1. Mayorcompetencia,ecienciaenlagestiónytransparencia
a.Licitacióndealiados
Lalicitacióndelas y los aliadoshasido una herramienta ecaz para reducir las
comisiones cobradas e incentivar la competencia en el sistema de pensiones. Con
el objeto de fortalecer este mecanismo se propone aumentar el período licitado a
3 años para que la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) adjudicataria
recibaelujodelasolosaliadosnuevos.Adicionalmente,elperiodolicitadose
podrá extender por hasta 36 meses si la AFP ha obtenido buenos resultados en
rentabilidad,reejadoenretornossuperioresalpromediodel sistemadeacuerdoa
los criterios establecidos en las Bases de Licitación. En todo caso, se mantiene en
2añoselper iodomáximodepermanenciaobligatoriadelasylosaliadosnuevos
en la AFP licitada.
Se establecen estándares de calidad de ser vicio y solvencia que deberán cumplir las
entidades adjudicatarias de la licitación. Además, se dej a abierta la posibilidad para
que las AFP existentes se presenten a la licitación con una comisión di ferenciada para
laso los aliado snu evos yant igu os, con elo bjet ode inc entivar supa rt ici pac ión en
elprocesoyasífavorecertambiénalasylosaliadosantiguosconmenoresprecios.
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REFORMA PREVISIONAL
Finalmente, se propone que en adelante las entidades responsables de la realizació n
de la licitación sean los Ministerios de Hac ienda y del Trabajo y Previsión Social, con
el objeto que la Superintendencia de Pensiones focalice sus funcio nes en la regulación
yscalizacióndelproceso.
b. Comisiones de intermediación
Seproponenmedidasparadartransparenciay disminuir eventuales conic tos de
intereses en las comisiones de intermediación, que pueden ser pagadas con re cursos
previsionales a los vehículos de inversión en los que éstos se invierten. Al respecto,
se establece:
i.QuelasAFPdeberán informara lasy losaliados,con ocasióndelenvíode la
cartola cuatrimestral, sobr e las comisiones de intermediación pagadas por los Fondos
de Pensiones.
ii. Que un 1% de las comisiones de intermediación pagadas, sea obligatoriamente
asumido por las Administradoras, a menos que la rentabilidad obtenida por las
inversiones sea superior a la de un portafoli o de referencia de un mercado relevante.
Adicionalmente, se propone una serie de medidas que dan transparencia a la ele cción
de los administradores de activos por parte de las AFP.
c.AlineacióndeincentivosentrelosaltosejecutivosdelasAFPylasolosaliados
Se propone que, mensualmente, una cuarta parte del total de las remuneraciones
mensuales de las o los altos ejecutivos de las Administradoras se inviertan en
cuotas de los Fondos de Pensiones, a prorrata del valor de éstos.
d. Cobranza de cotizaciones previsionales
Con el n de hacer más eciente la cobranza de c otizaciones previsionales que
están obligadas a realizar las AFP, se propone que éstas establezcan un sistema
centralizado para la gestión de la cobranza previsional (Sistema Único de Cobranza
deCotizaciones),quetendríalossiguientesbenecios:
i. Generar economías de escala en el proceso de cobranza.
ii.Mejorarlaecaciadelprocesodecobranzaydisminuirelnúmerodecausasque
actualmente manejan los juzgados laborales.
iii.Facilitarlascalizacióndelproceso.
e. Calidad de servicio de las AFP
Se estima necesario robustecer la regulación sobre los servicios que las AFP
entregana sus aliadasyaliados, con el objetodegarantizar que éstospuedan
accedera lasprestaciones ybeneciosdela ley,conuna calidadadecuada. Para
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