La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por la contribuyente contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que revocó sólo en parte el fallo dictado por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, que rechazó la reclamación deducida en contra las Liquidaciones por Impuesto de Primera Categoría e Impuesto del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta - Núm. 48, Junio 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703396457

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por la contribuyente contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que revocó sólo en parte el fallo dictado por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, que rechazó la reclamación deducida en contra las Liquidaciones por Impuesto de Primera Categoría e Impuesto del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta

Páginas23-29
23
JURISPRUDENCIA JUDICIAL DE RENTA,
ocondicionesjadasaprioriporlaley.Ladesatenciónadichosaspectosvalorativos
que determinan un torcido ejercicio de la razón o sea fruto de irrealidades que
deriven en falsedades o inexactitudes, devienen consecuencialmente en ausencia
de fundamentos cuya sanción es la nulidad formal, lo que no ocurre en este caso, y
que constituye un remedio procesal distinto al promovido por la recurrente.
Regístrese y devuélvase, con sus agregados en su caso”.
EXCMA.CORTESUPREMA–SEGUNDASALA–MINISTROSSRES.MILTONJUICA
A., CARLOS KÜNSENMÜLLER L., HAROLDO BRITO C., LAMBERTO CISTERNAS
R. Y JORGE DAHM O. (REDACTOR). ROL N° 2.996-2015, DE 10.02.2016
2.- ARTÍCULOS 21 Y 31 INCISOS 1° Y 3° LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA
El artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta consagra un impuesto
multa asociado a de terminados trácos indebidos entre la sociedad y sus
accionistas o socios y viceversa, como un mecanismo de desincentivo de los
retiros encubiertos
REQUISITOSPARA LAAPLICACIÓN DEL IMPUESTOSANCIÓN – GASTOS
RECHAZADOS–GASTOTRIBUTARIO–DEUDASINCOBRABLES–OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS
La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto por la
contribuyente contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago
que revocó sólo en parte el fallo dictado por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero
de la Región Metropolitana, que rechazó la reclamación deducida en contra las
Liquidaciones por Impuesto de Primera Categoría e Impuesto del artículo 21 de la
Por el recurso se denunció infracción a los artículos 21, 31 inciso y 31 inciso
Nº 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en relación al artículo 19 del Código Civil.
En cuanto a la procedencia de afectar gastos tributarios y deudas incobrables con el
impuesto consagrado en el artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, la Corte
indicó que la norma decía relación con los retiros presuntos, los gastos rechazados o
retiros indirectos, sancionando tributariamente el retiro de dineros de las sociedades
por parte de sus propietarios, socios y accionistas, y que en el caso concreto se
relacionaba con tributos pagados y con deudas incobrables.
Además, la Corte indicó que no fue debatida la existencia del pago de las obligaciones
tributarias, ni la existencia de los créditos incobrables, sosteniendo que el rechazo por
los jueces del fondo de las partidas correspondientes se debió a que no se acreditó,
su pago con fondos provenientes de la contribuyente, ni su monto, ni la identidad
de los deudores correspondientes, ni su contabilización ni el agotamiento de los
medios de cobro, validando entonces la aplicación a tales acápites del impuesto
único consagrado en citado artículo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR