Credibilidad del testigo, ¿examen en la etapa de inclusión o de valoración? Comentario a sentencia de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha 20 de mayo de 2016, rol N° 320-2016 - Núm. 24-1, Enero 2018 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 741340017

Credibilidad del testigo, ¿examen en la etapa de inclusión o de valoración? Comentario a sentencia de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha 20 de mayo de 2016, rol N° 320-2016

AutorMaría de los Ángeles González Coulon
CargoLicenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad de Chile. Magíster derecho con mención en derecho público, Universidad de Chile. Profesora Asistente, departamento de Derecho Procesal, Universidad de Chile. Doctoranda de la Universidad Autónoma de Barcelona. Correo electrónico: angelesgc@gmail.com magonzalez@derecho.uchile.cl
Páginas803-810
Trabajo recibido el 22 de agosto de 2017 y aprobado el 8 de mayo de 2018
Credibilidad del testigo, ¿examen en la etapa de inclusión
o de valoración? Comentario a sentencia de la Iltma.
Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha 20 de mayo
de 2016, Rol N° 320-2016
1MARÍA DE LOS ÁNGELES GONZÁLEZ COULON*
1. Antecedentes del fallo
La sentencia que se analizará es la rol N° 320-2016 de la Corte de la
Ilustrísima Apelaciones de Santiago en la que, conociendo de un recurso de
apelación interpuesto contra una sentencia def‌initiva dictada por el Juzgado
de Policía Local de Conchalí en materia de accidente de tránsito, se revoca
la sentencia recurrida, dando lugar a la indemnización por daño emergente
solicitada por el demandante.
El recurso interpuesto por el demandante se basa, de forma general, en
que la jueza de Policía Local habría confundido las reglas de valoración de la
prueba aplicando técnicas del sistema de prueba legal o tasada, siendo que de
acuerdo al artículo 14 de la Ley N° 18.287 deben aplicarse las normas de la
sana crítica. Así las cosas, la sentencia recurrida rechaza una tacha interpuesta
por el demandante, acoge una objeción de documentos presentado por el de-
mandado civil y querellado, y rechaza las demandas civiles interpuestas. Por lo
anterior, el demandante solo pide la revocación de la parte civil de la sentencia.
En relación con la decisión anterior y la confusión alegada por la parte
agraviada, la Corte de Apelaciones sostiene que dicha confusión, planteada por
el recurrente, es inexistente, porque una cosa es valorar la prueba de acuerdo a
las normas de la sana crítica, y otra, aplicar las normas de las tachas, que según
la Corte serían “(…) mecanismos técnicos que la ley ha otorgado a los litigantes
para impedir que lleguen a ser valorados por el juez determinados medios de
prueba, de acuerdo a la prueba legal o tasada” (considerando Cuarto). Agrega
* Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad de Chile. Magíster derecho con mención en
derecho público, Universidad de Chile.
Profesora Asistente, departamento de Derecho Procesal, Universidad de Chile.
Doctoranda de la Universidad Autónoma de Barcelona.
Correo electrónico: angelesgc@gmail.com magonzalez@derecho.uchile.cl
Revista Ius et Praxis, Año 24, Nº 1, 2018, pp. 803 - 810
ISSN 0717 - 2877
Universidad de Talca - Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Credibilidad del testigo, ¿examen en la etapa de inclusión o de valoración? Comentario a sentencia de
la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, de fecha 20 de mayo de 2016, Rol N° 320-2016
María de los Ángeles González Coulon
Revista Ius et Praxis, Año 24, Nº 1
2018, pp. 803 - 810 803

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