La culpa de la víctima en los accidentes del trabajo: dogmática y jurisprudencia chilenas - Responsabilidad civil del empresario por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Tendencias actuales - Libros y Revistas - VLEX 699127737

La culpa de la víctima en los accidentes del trabajo: dogmática y jurisprudencia chilenas

AutorMaría Sara Rodríguez Pinto/Francisca Barrientos Camus
Páginas147-181
CH ILE NA S*
Jo r g e Ba r a o n a G
I. En c u a d r ami en t o
EN EL TRA BAJO
Me parece imp rescindible com enzar formuland o un encuad ramiento
previo respe cto d el marco con ceptual en que s e dan las rela ciones entre
gene ral de acci dentes del trabajo.
La fue nte directa de las no rmas sobre segurid ad en el trabaj o se en -
a) t omar todas las medidas n ecesarias para la vida
y salud de los trabajadore s;
b) man tener las cond icione s adecuada s de higien e y se guridad en las
faenas ;
c) m antener los implemen tos n ecesari os pa ra prev enir acc identes y en-
ferme dades p rofesion ales (art. 1 84 in ciso Io);
publica do en La respon sabilid ad por acciden tes d el trabajo,
10, Universidad de los And es ( 200 5), Jo rge Bar aona y Pe dro Zelaya, editores , pp. 1 23-15 3.
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d) presta r o garantizar lo s eleme ntos ne cesarios para que los trab ajadores
en caso de accide ntes o em ergenc ia pue dan a ccede r a u na op ortuna
incis o 2o).
de orden, higi ene y seguridad , qu e c ontenga
sus labor es, pe rm an enc ia y vida en las dep end enc ias d e la resp ectiva
em pres a o e stab lecim ien to
del s eguro so cial obli gatorio c ontra rie sgos de accident es del t rabajo y
y en g eneral cum plir con el resto de las norma s y r eglamentos sobre
segurid ad1 2.
Para captar la profunda imp licancia que tien en estos deber es de se-
guridad que inform an e l con trato individual del t rabajo, es conven iente
1
fac ilitar, fo m ent ar y d esa rrolla r las aptitu des, habi lidad es o gra dos de c onoc imien tos d e los
traba jador es, co n el fin de perm itirles m ejores op ortu nida des y c ond icion es de vida y de
Na cion al de Ca pacita ción y Emp leo y a los servic ios e institu ciones del se ctor público ".
2 Exist e u na gran cantid ad de n ormas co mpleme ntarias y par a n o r epetir innec esariame nte
La
resp onsa bilidad p or accide ntes d el trabajo,
de los An des (200 5), J orge Ba raona y P edro Zelaya, edit ores (pp. 73-9 8).
14 8
r
rec onoce n el d erecho de toda person a al go ce de condi ciones de trabajo,
equitativas y satisfa ctorias, que le as eguren en es pecial: la segu ridad e
norma de importa ncia aprobad a, que ha entrad o en vigo r el 20 de febrero
de 2009, es el C onven io sob re e l ma rco pr om oci on al p ar a la seg uri dad y
sa lud en el tr aba jo, de 2006 , ratificad o por Chile, cuy a principal finalidad
un sistema y un p rograma nacion ales, que tienda a evitar acciden tes del
trabajo.
2. SU NATUR ALEZA: C ONTRA CTUA L O EXTRA CONT RACT UAL
2.1. La natur aleza co ntract ual de esto s d ebe res
de deberes legal es, qu e vien en im puestos directam ente p or el legislador
al em pleador, o bien si han de ser co nsiderad os c omo obliga ciones que
encu entran su fuen te u origen direct o en el contrat o de trabajo.
Perso nalmente n o creo que pue da existir duda de que se trata de
deber es co ntractuale s, pu es ell os n acen como co nsecue ncia de q ue una
contrac tuales.
Sobr e la natur aleza contr actual d e estos deber es, pu ede arg umentarse
El contrat o individual de traba jo, como contrato p rivado que es, si
6
d e sept iembre de 196 9 y f ue pub licado en el Diario Oficial e l 27 de
mayo de 1989 .
4 Barros Bour ie, Enr ique, Trata do d e Resp onsa bilidad Extrac ontra ctual ,
se rige p or las reglas de la r esponsab ilidad contractua l.
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