Declaración Jurada N° 1828: de estado de ingresos y usos de donaciones recibidas, conforme a la Ley N° 19.712, donaciones deportivas y Ley N° 19.885, donaciones con fines sociales y artículo 8° de la ley 18.985 (modificada por la ley 20.675), donaciones con fines culturales
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Manual EjEcutivo tributario
Impuesto Tasa Adicional Ex – Artículo 21° L.I.R., corresponde al monto del crédito que procede
rebajar de los Impuestos Global Complementario o Adicional, conforme a lo dispuesto por el
Artículo 3° transitorio de la Ley N° 18.775/89.
Columna “Enajenación de Acciones o Derechos Sociales Destinados a Reinversión”: Se marca
con una “X” en el caso que el producto de la enajenación de acciones de pago o derechos
sociales adquiridos con utilidades reinvertidas es nuevamente reinvertido.
Cabe señalar que la cantidad que es posible reinvertir es la suma considerada como retiro
tributable, no así el mayor valor que se determine en la operación de enajenación. (Circular
10, del 30 de enero de 2015)
Columna “Número de Certicado”: Deberá registrarse el número o folio del Certicado N° 16
emitido por la empresa al inversionista cuando en la columna “Enajenación de Acciones o
Derechos Sociales Destinados a Reinversión” se haya marcado una “X”.
CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
correspondientes. El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de
los casos que se está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada,
los que deben numerarse correlativamente.
El retardo u omisión en la presentación de esta Declaración Jurada, será sancionado de
acuerdo a lo prescrito en el N° 1 del Artículo 97 del Código Tributario.
9. DECLARACIÓN JURADA N° 1828: DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE ESTADO
DE INGRESOS Y USOS DE DONACIONES RECIBIDAS, CONFORME A LA LEY N°
19.712, SOBRE DONACIONES DEPORTIVAS Y LEY N° 19.885, SOBRE DONACIONES
CON FINES SOCIALES Y ARTÍCULO 8° DE LA LEY 18.985 (MODIFICADA POR LA LEY
20.675), SOBRE DONACIONES CON FINES CULTURALES.
VENCIMIENTO: 29 de marzo
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1828
1. Este formulario debe ser presentado por toda institución que reciba y/o haga uso de
donaciones con nes deportivos, sociales y/o Culturales de proyectos aprobados desde el
año 2014, conforme a lo dispuesto en los artículos 62 y siguientes de la Ley N° 19.712, en el
artículo 2° de la Ley N° 19.885 y en el artículo 25 del D.S. N° 77, que aprueba el Reglamento del
Fondo Mixto de Apoyo Social y de las Donaciones con Fines Sociales sujetas a los benecios
citado formulario se debe registrar el detalle de los recursos recibidos y utilizados por conceptos
de donaciones efectuadas al amparo de las Leyes antes mencionadas.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO O DONATARIO
En esta Sección deben señalarse los datos relativos a la identicación de las siguientes
instituciones:
• Las Instituciones, Corporaciones u Organizaciones Deportivas que reciban y/o hagan uso
de donaciones conforme a lo dispuesto en los artículos 62 y siguientes de la Ley N° 19.712.
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