Declaración Jurada N° 1870: declaración jurada anual sobre compras y/o ventas de moneda extranjera - Núm. 79, Enero 2020 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 850078208

Declaración Jurada N° 1870: declaración jurada anual sobre compras y/o ventas de moneda extranjera

Páginas91-94
91
DECLARACIONES JURADAS AÑO TRIBUTARIO 2020
En la columna “Rendimiento” deberá registrarse el rendimiento real (o estimado,
en caso de no contar con el dato del odómetro) del vehículo, en kilómetros por litro.
4. CUADRO RESUMEN DEL DETALLE DE LA DECLARACIÓN
Columna “Total de Casos Informados” debe indicar el total de líneas informadas
en Declaración Jurada.
19.- DECLARACIÓN JURADA N° 1870: DECLARACION JURADA ANUAL
SOBRE COMPRAS Y/O VENTAS DE MONEDA EXTRANJERA
VENCIMIENTO: 19 de Marzo
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
Nº 1870
1. La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por las Instituciones
Bancarias, Casas de Cambio, Corredores de Valores, Agentes de Valores y demás
entidades que desarrollen la actividad de compraventa de monedas extranjeras y/o
canje de valores expresados en dichas monedas, en el mercado cambiario formal
o informal.
Deben ser informadas cada una de las transacciones, que consistan en compras
y/o ventas de moneda extranjera, sea que consistan en monedas, billetes, cheques
viajero, cheques u otros valores en canje, ya sea que dichas operaciones se realicen
en el mercado cambiario formal o informal, cuando los montos transados sean iguales
o superiores a US$ 10.000.- (diez mil dólares de los Estados Unidos de América) o
su equivalente, que la institución realice durante el año comercial inmediatamente
anterior al de la declaración, con personas naturales o jurídicas o cualquier tipo de
entidades, sea que posean o no el carácter de habitual en este tipo de transacciones.
Para efectos del cómputo del límite señalado, se entenderá que forman parte de una
misma operación de compraventa, las distintas monedas extranjeras y/o cheques y
valores que se transen o canjeen en un mismo acto, aún si se emiten documentos
separados.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
En esta sección se debe indicar los datos relativos al declarante: RUT, nombre o
razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número
de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código
de discado directo).
3. Sección B: DATOS INFORMADOS
Columna “N°”: Corresponde al número correlativo del registro informado.
Columna “Datos de la Persona Natural o Jurídica o Entidad Compradora o
Vendedora de la Moneda Extranjera”:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR