Declaración Jurada N° 1891: sobre compra y venta de acciones de s.a. Y demás títulos efectuadas por corredores de bolsa, agentes de valores y casas de cambio no acogidas al art. 42 Bis, o a la letra a) del art. 57 Bis, o al art. 104 De la ley de la renta
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MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
Columna “Impuesto Adicional Moneda Nacional o Extranjera Valor Nominal”:
Monto total anual del Impuesto Adicional retenido mensualmente sobre los intereses
u otras rentas anteriormente indicados, expresados en moneda nacional o extranjera,
según proceda, conforme a las normas del artículo 59° N° 1 y 74° N° 4 Ley de la
Renta, sin actualizar al término del ejercicio.
Columna “Número de Certicado”: Deberá registrarse el número o folio del
Certicado emitido a los beneciarios de las rentas o inversionistas, de conformidad
a lo dispuesto en la Res. Ex. N° 6509, de fecha 14.12.1993, y sus modicaciones
posteriores.
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las
columnas correspondientes.
El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de los casos
que se está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada,
los que deben numerarse correlativamente.
5. El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionará
de acuerdo con lo prescrito en el artículo 97 N° 1 del Código Tributario.
27.- DECLARACIÓN JURADA N° 1891: SOBRE COMPRAS Y VENTAS DE
ACCIONES DE S.A., OTROS TITULOS Y ACTIVOS DIGITALES, EFECTUADAS
POR INTERMEDIO DE CORREDORES DE BOLSA, AGENTE DE VALORES,
CASAS DE CAMBIO Y OTRAS ENTIDADES INTERMEDIADORAS, NO
ACOGIDAS AL INCENTIVO AL AHORRO DEL ART. 42 BIS, O A LA LETRA A)
DEL ART. 57 BIS, O AL ART.104 LEY DE LA RENTA.
VENCIMIENTO: 28 de Febrero
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
N° 1891
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por los Corredores de Bolsa,
Agentes de Valores, Casas de Cambio y Otras Entidades Intermediadoras,
informando las operaciones de compras y ventas de acciones de S.A., compras y
ventas de otros títulos y activos digitales, así como otras operaciones que se indican en
la sección B, en la columna denominada “tipo de transacción”, efectuadas por cuentas
de sus clientes, NO acogidas a los regímenes tributarios de incentivo al ahorro a que
se reeren los artículos 42 bis, 57 bis y 104 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (CORREDOR DE
BOLSA, AGENTE DE VALORES, CASAS DE CAMBIO Y OTRAS ENTIDADES
INTERMEDIARIAS).
En esta sección deben registrarse los datos relativos a la identicación del declarante,
indicando el RUT, razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número
de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número
incluyendo su código de discado directo).
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