Declaración Jurada N° 1901: sobre trabajadores independientes del art. 89 del d.l. n° 3500, de 1980 beneficiarios de asignaciones familiares y maternales - Núm. 44, Febrero 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703709249

Declaración Jurada N° 1901: sobre trabajadores independientes del art. 89 del d.l. n° 3500, de 1980 beneficiarios de asignaciones familiares y maternales

Páginas191-193
191
Declaraciones Juradas
Año Tributario 2017
Columna “Comisión Cotizaciones Declaradas y No Pagadas de Trabajadores
Dependientes”: Deberá anotar el monto total anual actualizado de las comisiones por
cotizaciones, declaradas y no pagadas por el o los empleadores del trabajador dependiente,
correspondientes a las remuneraciones devengadas durante el año calendario informado, las
cuales registran un saldo pendiente de pago al término del plazo establecido para acreditar
la recaudación recibida correspondiente a las remuneraciones devengadas en el mes de
diciembre del referido año calendario.
Columna “Cotización Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, Declaradas y No Pagadas
de Trabajadores Dependientes”: Deberá anotar el monto total anual actualizado de las
cotizaciones obligatorias para el seguro de invalidez y sobrevivencia, declaradas y no pagadas
por el o los empleadores del trabajador dependiente, correspondientes a las remuneraciones
devengadas durante el año calendario informado, las cuales registran un saldo pendiente de
pago al término del plazo establecido para acreditar la recaudación recibida correspondiente
a las remuneraciones devengadas en el mes de diciembre del referido año calendario.
Columna “Saldo Neto Por Cotizar Positivo de Años Anteriores”: Deberá anotar el monto
total actualizado de los saldos netos por cotizar positivos que mantenga adeudados, a partir
de la Operación Renta 2016 en adelante.
Columna “Cumple Límite Máximo Imponible Anual”: Debe registrar si el trabajador
dependiente cotizó todos los meses del año calendario informado (enero a diciembre) por el
límite máximo imponible mensual. Señalar:
1: Si cumple
2: No cumple
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
correspondientes.
El recuadro “Total de Registros Informados” corresponde al número total de los casos que se
está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben
numerarse correlativamente.
Esta declaración debe ser presentada, a más tardar el último día hábil del mes de febrero de
cada año.
El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionará de acuerdo
con lo prescrito en el artículo 97 N° 1 del Código Tributario.
55. DECLARACIÓN JURADA N° 1901: SOBRE TRABAJADORES INDEPENDIENTES
DEL ART. 89 DEL D.L. 3500, DE 1980 BENEFICIARIOS DE ASIGNACIONES FAMILIARES
Y MATERNALES.
VENCIMIENTO: 16 de Marzo
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1901
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por el Instituto de Previsión Social, debiendo
contener la nómina de los trabajadores independientes del artículo 89 del D.L. N° 3.500, de
1980, beneciarios del Sistema Único de Prestaciones Familiares del D.F.L. N° 150, de 1981,
del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

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