Decreto n° 553, publicado en el diario oficial de 18.04.2020. Modifica decreto supremo n° 420, de 30 de marzo de 2020, del ministerio de hacienda, estableciendo nueva medida de índole tributaria que indica - Núm. 84, Junio 2020 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 850080037

Decreto n° 553, publicado en el diario oficial de 18.04.2020. Modifica decreto supremo n° 420, de 30 de marzo de 2020, del ministerio de hacienda, estableciendo nueva medida de índole tributaria que indica

AutorGabriel Alvarado V.
Páginas145-147
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LEY SOBRE IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS
Infórmese a Tesorería General de la República la referida orden de devolución, para
que efectúe el reintegro a los contribuyentes señalados, en el mes de abril de 2020,
tal como lo ordena el Decreto Supremo N° 420 de 2020, del Ministerio de Hacienda.
La devolución señalada en este Resolutivo, se realizará a los contribuyentes que
hayan emitido Boletas de Honorarios Electrónicas en los meses de enero y febrero,
respecto de las retenciones efectuadas por los pagadores de las respectivas rentas,
que se encuentren enteradas en arcas scales a través del Formulario N° 29, así como
también, las retenidas y pagadas en el mismo formulario, por el propio contribuyente
emisor de la Boleta de Honorario Electrónica.
4. Despáchese la orden de devolución anticipada durante el mes de abril de 2020,
del excedente de impuestos declarados en el Formulario N° 22 correspondiente al
año tributario 2020, si correspondiera, a los contribuyentes que indica el Decreto
Supremo N° 420 de 2020, del Ministerio de Hacienda.
Infórmese a Tesorería General de la República la referida orden de devolución
anticipada, la que procederá para aquellos contribuyentes que, al momento de
efectuar su declaración anual en el Formulario N° 22, registren un medio de depósito
electrónico.
5. La presente resolución regirá desde su publicación en extracto en el Diario Ocial.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO
(Fdo.) FERNANDO BARRAZA LUENGO, DIRECTOR
Lo que transcribo para su conocimiento y demás nes.
6.- DECRETO N° 553, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE 18.04.2020
MINISTERIO DE HACIENDA
MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 420, DE 30 DE MARZO DE 2020, DEL
MINISTERIO DE HACIENDA, ESTABLECIENDO NUEVA MEDIDA DE ÍNDOLE
TRIBUTARIA QUE INDICA
Núm. 553.- Santiago, 9 de abril de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32, N° 6 de la Constitución Política de la República; en
la ley N° 21.192, Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año
2020; en el artículo 3, letra d) del decreto supremo N° 104, de 1977, del Ministerio
del Interior, que ja el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la
ley N° 16.282; en el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General
de la Presidencia, que ja texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley
N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado; en el artículo 36 del Código Tributario, contenido en el D.L. N° 830, de 1974;
en el artículo 34 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del
D.L. N° 824, de 1974; en la ley N° 21.210, que Moderniza la Legislación Tributaria;
en el decreto supremo N° 107, de 20 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas
NORMATIVA TRIBUTARIA

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