Derecho Procesal Civil - Núm. 31, Diciembre 2018 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 754855389

Derecho Procesal Civil

AutorMaite Aguirrezabal Grünstein
CargoProfesora investigadora, Universidad de los Andes
Páginas367-377
Comentarios de jurisprudencia
367
Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 31, pp. 367-377 [diciembre 2018]
DERECHO PROCESAL CIVIL
Maite Aguirrezabal Grünstein
Profesora investigadora
Universidad de los Andes
CAPACIDAD Y LEGITIMACIÓN DEL GR UPO DE AFECTADOS EN LA LEY DE PROTECCIÓN
DE CONSU MIDOR ES Y USUARIOS
I.- INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se analiza la sentencia pronunciada por la Primera Sala
de la Corte Suprema con fecha 30 de noviembre de 2017, en la causa rol n.°
7183-2017, referida a la inadmisibilidad de la demanda colectiva por la falta
de legitimación de un grupo de consumidores afectados.
El fallo resulta de gran relevancia por cuanto la decisión discurre en torno a
los requisitos para ejercer la acción colectiva y la diferencia entre la capacidad
como presupuesto procesal y la legitimación como condición de la acción como
elemento que permite declarar la admisibilidad de una demanda colectiva.
II. HECHOS RE LEVANTES QUE MOTIVAN EL FALLO
Un grupo de usuarios interpone una demanda colectiva en contra de la empresa
Aguas del Valle S.A por las faltas en las que incurrió en la entrega de los servicios
de producción y distribución de aguas en la comuna de Ovalle y por lo que
consideran infringidas la Ley 19.496 y la Ley General de Servicios Sanitarios.
La demanda se declara admisible, y la demandada repone la resolución
alegando que el grupo de afectados carece de legitimación activa en atención a
que no han logrado acreditar su calidad de usuarios de la empresa demandada.
Ello porque en opinión de la demandada, no se han acompañado com-
probantes que acrediten una relación contractual de tipo oneroso entre las
partes, limitándose la actora a argumentar sobre la base de su residencia en la
comuna que es abastecida por la empresa demandada.
El Tercer Juzgado de Letras de la ciudad de Ovalle acoge la reposición
y declara inadmisible la demanda en atención a la falta de legitimación del
grupo. La Corte de Apelaciones de La Serena confirma la resolución con fecha
4 de mayo de 2016 y contra dicho pronunciamiento la demandante dedujo
recurso de casación en el fondo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR