Ejemplo sobre cálculo del impuesto de herencias por cada asignatario - Núm. 11, Mayo 2014 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 704215501

Ejemplo sobre cálculo del impuesto de herencias por cada asignatario

Páginas95-99
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Impuesto a Las Herencias,
Asignaciones y Donaciones
CUARTA PARTE
EJEMPLO SOBRE CÁLCULO DEL IMPUESTO DE HERENCIAS
POR CADA ASIGNATARIO.
La asignación es la cuota de la herencia que corresponde a cada heredero. Sobre
esta asignación se calcula el impuesto a las herencias que debe pagar cada uno de
los herederos. Sólo es posible adjudicar, enajenar o disponer de los bienes que son
objeto de registro (bienes raíces, vehículos, etc.), cuando la totalidad del impuesto
se ha pagado o el total de las asignaciones se encuentran exentas de impuesto.
A.- CÁLCULO DEL MONTO DEL IMPUESTO.
Para poder determinar el monto del Impuesto a las Herencias, se deben conocer los
siguientes conceptos:
1.- Base imponible.
El impuesto se aplica sobre el valor de cada asignación, determinado, a la fecha
del fallecimiento del causante, de acuerdo a las reglas de valoración de bienes que
establecen los artículos 46, 46 bis y 47, de la Ley N° 16.271. En caso que entre el
asignatario y causante exista alguno de los parentescos a que se reeren los incisos
segundo y cuarto del artículo 2 de la Ley N° 16.271, del valor de la asignación deberá
descontarse el monto exento de impuesto que las mismas disposiciones establecen.
2.- Determinación del tributo.
Sobre el valor líquido de cada asignación, se aplica la tasa progresiva del impuesto
que establece el inciso primero del artículo 2 de la Ley N° 16.271, y la suma resultante
se recarga en un 20% en caso que entre el asignatario y el causante exista alguno
de los grados de parentesco que señala el inciso quinto del citado art. 2 de la Ley
N° 16.271, recargo que es del 40% si el parentesco entre ellos es más lejano a los
que señala dicha disposición o no existe parentesco alguno.
3.- Valor de Asignaciones de cuotas.
Se determina aplicando el porcentaje que representen los derechos de cada
asignatario sobre el valor del acervo líquido partible, afecto a impuesto.
4.- Asignaciones de especie.
Se registran de acuerdo al valor del bien o bienes que conforman el legado.
5.- Tasa.
Sobre el valor líquido de la asignación, afecto a impuesto, se aplica la escala
progresiva de impuesto que establece el artículo 2 de la Ley N° 16.271.

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