Corte de Apelaciones de Santiago, 6 de octubre de 1998. Equipos Hoteleros Limitada con Lux Chile S.A. y Status S.A. (recurso de protección) - Núm. 3-1998, Septiembre 1998 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 228297962

Corte de Apelaciones de Santiago, 6 de octubre de 1998. Equipos Hoteleros Limitada con Lux Chile S.A. y Status S.A. (recurso de protección)

Páginas267-270

Confirmada por la Corte Suprema el 7.12.1998 (Rol 3.539). Sobre marcas y recurso de protección, vid. en esta revista, Sociedad Buses Thiele, tomo 83 (1986) 2.5, 114-117 y nota de p. 115; Pharma Inverti, t. 85 (1988) 2.5, 109-112 y nota a pie de p. 109 ss.); Sociedad Comercial Instituto Preuniversitario Andrés Bello, t. 86 (1989) 2.5, 68-75; Owens Illinois,t. 87 (1990) 2.5, 68-79, etc.


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Santiago, seis de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

Vistos y teniendo presente,

  1. Que recurre de protección don Michael J. Harcombe Butler, factor de comercio, en su calidad de administrador y en representación de la sociedad Equipos Hoteleros Limitada, ambos domiciliados en Avenida Ricardo Lyon N° 2489, comuna de Providencia, en contra de las sociedades Lux Chile S.A. representada por su gerente general don Miguel Madero Wage, domiciliado en San Pablo N° 2877, comuna de Santiago y Status S.A. representada por su gerente general don Guido Poli Osorio, con domicilio en Los Hilanderos N° 8557, comuna de La Reina, todos de esta ciudad, solicitando que esta Corte adopte las medidas indispensables para que cese la amenaza y perturbación de su garantía constitucional establecida en el numerando 25 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, de la que ha sido víctima por el proceder arbitrario e ilegal de las sociedades recurridas.

  2. Que, señala la recurrente, con fecha 12 de junio de 1998, según acredita con el documento que acompaña a fs. 14 y 15, recibió en sus oficinas el ejemplar correspondiente al mes de junio de la revista "Lobby Hotelería, Vinos, Gastronomía" constatando que al interior de la revista aparecía un aviso en el que las sociedades recurridas promocionaban la venta de un refrigerador pequeño bajo la denominación "Minibar Electrolux" en circunstancias que la marca Minibar se encuentra registrada en el Registro de Propiedad Industrial, por Equipos Hoteleros Limitada en la clase 11 del Clasificador Internacional, vigente para todo el territorio nacional.

  3. Que, agrega la recurrente, los hechos descritos constituyen una clara y flagrante perturbación de su derecho de propiedad industrial sobre la marca comercial Minibar por lo que solicita se acoja el recurso de protección que interpone y sePage 269adopten las medidas conducentes al restablecimiento del imperio del derecho y asegurar el pleno y legítimo derecho de propiedad sobre la referida marca comercial, para lo cual solicita que se declare que el uso...

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