Corte de Apelaciones de Santiago, 16 de enero de 1998. Frías Larraín, María Isabel con Frías de Mendoza, Emilia Raquel - Núm. 1-1998, Enero 1998 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 228084110

Corte de Apelaciones de Santiago, 16 de enero de 1998. Frías Larraín, María Isabel con Frías de Mendoza, Emilia Raquel

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En estos autos sobre nulidad de contrato, la parte demandada de don Alfredo Orlando Barrientos de Mendoza ha interpuesto, a fojas 360, recurso de apelación y casación en la forma en contra de la sentencia de 7 de noviembre de 1996, escrita a fojas 341 y siguientes.

Funda el recurso de casación interpuesto en la infracción a los numerales 7º y 9º del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esta última infracción en relación con los artículos 170 Nº 6º y 795 Nº 4º del mismo cuerpo legal, que afectaría a la sentencia recurrida.

Pide, en consecuencia, que se elimine la condena en costas a su parte, por ser improcedente en derecho, y que se declare, en su lugar, que se le exime de las mismas, que se supriman los considerandos 15 y 17 de la sentencia recurrida, y, en consecuencia, la parte resolutiva del fallo individualizada con la letra c), y que se dicte la sentencia de reemplazo que corresponda.

Solicita, además, por la vía de apelación, la revocación en todas sus partes de la sentencia en alzada, declarando, en su lugar, que se rechaza la acción deducida a lo principal de fojas 1 por carecer de todo fundamento o, en subsidio, por no reunirse el mérito probatorio suficiente para acreditar los argumentos de hecho y sus fundamentos jurídicos, declarando, asimismo, sin lugar la acción intentada en forma subsidiaria por improcedente, con costas de la causa y del recurso.

Ingresados los autos a este tribunal, la parte demandante formula adhesión al recurso de apelación interpuesto, solicitando la confirmación de la sentencia en alzada con declaración de que el contrato de cesión de los derechos objeto de la litisPage 13es nulo, además, por existir simulación absoluta.

A fojas 376 y 383, se ordena traer los autos en relación para conocer de los recursos interpuestos como, asimismo, la adhesión formulada por la demandante respecto de la apelación de la contraria.

A fojas 400 y 406, la parte del demandado, don Orlando Barrientos de Mendoza, alega la prescripción adquisitiva de los derechos hereditarios que le han sido cedidos, fundando su primera solicitud en la posesión inscrita, regular, de buena fe, en forma pacífica y no clandestina, por un lapso superior a los cinco años, de los mismos, según consta del título traslaticio de dominio que invoca. Reitera su petición a fojas 406, haciendo presente que han transcurrido más de dos años desde la adquisición de los derechos hereditarios, que el bien materia del litigio es mueble, y...

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