Generalidades - Núm. 85, Julio 2020 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 850286353

Generalidades

AutorRicardo Garrido C.
Páginas11-18
INDEMNIZACIONES POR
TERMINO DE CONTRATO
11
EFECTOS PATRIMONIALES DE LA TERMINACIÓN DEL
CONTRATO DE TRABAJO
INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO
Generalidades
El término del contrato de trabajo, por razones ajenas al desempeño laboral, despierta
en los trabajadores una sentida aspiración que no es otra, que puedan ser resarcidos,
en parte, por la dedicación y entrega que tuvieron para su empresa empleadora. Es
también, una necesidad para cubrir eventuales necesidades económicas por el tiempo
que demoren en encontrar un nuevo empleo, que le asegure a él y grupo familiar
condicionesdevida,saludytrabajosocialmentesuciente.Estaindemnizaciónpuede
serentendidatambién,comoun“premioaladelidad”talcuallohancatalogadolos
autores W. Thayer y Sergio Gamonal.
Recién a partir del decreto ley Nº 2.200, de 1978, este derecho se asentó, prácticamente
casi en los mismos términos que hoy se contempla, de suerte que pueda ser pagada
tanto por concepto del desahucio, como por una aplicación indebida de una causal
de caducidad.
La ley Nº 19.010, de 1990 y el D.F.L. Nº 1, de 2003, han mantenido esta indemnización
en el sentido de pagarla en función de los años de trabajo, con algunas distinciones
respecto de la antigüedad del trabajador y, también, como una sanción para el
empleador que despide en forma indebida, recurriendo a una causal de término que
resultainsucienteovagaenloquepretende.
Respecto de la nombrada en primer término, ésta se establece en el artículo 163,
que reconoce ese derecho a aquellos trabajadores despedidos por algunas de las
causales descritas en el artículo 161, sea por necesidades de la empresa o bien, por
el efecto desahucio.
La segunda, que se opone como un castigo para el empleador, la encontramos en el
artículo168delCódigo,quesancionadeesamaneraaquellosdespidoscalicados
comoinjusticados,indebidosoimprocedentesporelsentenciador,medidaagravada
porque impone además recargos por aplicación improcedente, indebida o por no
invocarse causa legal alguna para dicho término.
Y, castiga la ley también, de la misma manera señalada, esto es, con el pago de la
indemnización por años de servicio cuando el trabajador le pone término él al contrato
antefaltas desmedidas cometidas por suempleador en el cumplimiento eldela
relación contractual.
A estas últimas dos situaciones ya nos referimos, cuando tratamos el recurso que asiste
al trabajador para reclamar judicialmente de las medidas de despido que impugna
y, en su caso, cuando comentamos el despido indirecto provocado por el trabajador.

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