El Juicio Ordinario de mínima cuantía - Sección Tercera. Los Juicios Ordinarios de menor cuantía y de mínima cuantía, y el Sumario - Segunda Parte. Los procesos declarativos y ejecutivos comunes o los procedimientos contenciosos de aplicación general (Continuación) - Manual de Derecho Procesal. Derecho Procesal Civil. Tomo V - Libros y Revistas - VLEX 275055411

El Juicio Ordinario de mínima cuantía

AutorMario Casarino Viterbo
Cargo del AutorProfesor Emérito en la Universidad de Valparaiso, Universidad de Valparaiso
Páginas17-26
17
I. Generalidades
672. Fuentes legales. El juicio ordi-
nario de mínima cuantía está reglamenta-
do en el Libro II, Título XIV, Párrafo 2º,
del Código de Procedimiento Civil, pá-
rrafo que abarca desde el artículo 703 al
738.
Su antecedente legislativo más cercano
se encuentra en las normas que consti-
tuían el Título XV del Código de Proce-
dimiento Civil primitivo destinado a
reglamentar el juicio de menor cuantía;
y el cual se aplicaba, de acuerdo a tales
preceptos, a los juicios cuya cuantía no
excediere de trescientos pesos.
Pero, en verdad, las normas que hoy
constituyen el Párrafo 2º del Título XIV
del Libro III del actual Código, son crea-
ción exclusiva de la Ley Nº 7.760, de 5 de
febrero de 1944, las que se incorporaron
a su texto, al fijársele en forma definitiva,
con fecha 21 de marzo del mismo año.
673. Clasificación de los procedimien-
tos de mínima cuantía. Si se examina con
mayor detención el contenido del ya ci-
tado Párrafo 2º del Título XIV del
Libro III del Código de Procedimiento
Civil, se podrá apreciar fácilmente que
constituye un pequeño Código acerca de los
procedimientos de mínima cuantía.
En efecto, en él hallamos normas que
modifican las disposiciones comunes apli-
cables a todo procedimiento y que regla-
mentan el juicio declarativo u ordinario
de mínima cuantía y el juicio ejecutivo
de mínima cuantía; y, además, sobre el
cumplimiento de las sentencias pronun-
ciadas en aquella clase de juicios.
Capítulo Segundo
EL JUICIO ORDINARIO DE MÍNIMA CUANTÍA
SUMARIO:I. Generalidades; II. La tramitación; III. Los recursos.
De ahí que los procedimientos de mí-
nima cuantía puedan clasificarse en jui-
cios ordinarios de mínima cuantía y juicios
ejecutivos de mínima cuantía.
Los primeros serán objeto de estudio
en este capítulo; y los segundos, al tratar
sobre el juicio ejecutivo de mayor cuan-
tía, pues el conocimiento de éste es pre-
vio e indispensable para poder entrar al
conocimiento y estudio de aquéllos.
674. Modificaciones a las disposicio-
nes comunes aplicables a todo procedi-
miento. Se dijo que el Libro I del Código
de Procedimiento Civil contiene las nor-
mas comunes aplicables a todo procedi-
miento y, por ende, a los procedimientos
de mínima cuantía.
Pero para esta clase de juicios existen
algunas disposiciones especiales que vienen
a modificar y, en consecuencia, a recibir
aplicación preferente sobre aquellas co-
munes a todo procedimiento. Estas re-
glas especiales dicen relación con: las
notificaciones, el abandono del procedi-
miento, las medidas para mejor resolver,
la regulación de las costas y los mandata-
rios judiciales.
En efecto:
a) Las notificaciones, en cuanto a su
forma, se clasifican en personales propia-
mente dichas, personales de conformidad
al artículo 44, por cédula, por el estado
diario y por carta certificada.
La demanda y la primera resolución
de cualquiera gestión anterior a ésta se
notificarán personalmente al demandado
(art. 705, inc. 1º, parte 1a, CPC); la sen-
tencia definitiva, la resolución que reciba
la causa a prueba y las resoluciones que

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