La Ley de derechos y deberes de los pacientes y la protección al consumidor - - - Derechos y deberes de los pacientes. Estudios y textos legales y reglamentarios - Libros y Revistas - VLEX 699331973

La Ley de derechos y deberes de los pacientes y la protección al consumidor

AutorPaulina Milos Hurtado/Hernán Corral Talciani
Páginas77-84
77
LA LEY DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES Y LA
PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Marcelo Nasser Olea
Doctor en Derecho (Universidad de los Andes)
Profesor de Derecho Civil y Romano
Universidad de los Andes
I. INTRODUCCIÓN
La presente ponencia tiene por objeto analizar la posibilidad de aplicar la Ley de
Protección a los Derechos de los Consumidores a ciertas situaciones que se producen con
ocasión de la infracción a los derechos de los pacientes, especialmente desde la entrada en
vigencia de la ley n° 20.584 que, como se sabe, precisamente regula los derechos y deberes
de los pacientes en relación con acciones vinculadas a sus atenciones de salud1.
Cada vez que se consultaba nuestra opinión acerca de la calidad jurídica de
“consumidor” que podría ostentar un paciente de un hospital, clínica, de un médico, o de
cualquiera de aquellos que la ley llama “prestadores de salud”, nos inclinábamos por un
rotundo no. Ahora bien, y luego de un análisis más detenido a la luz de la nueva legislación
y de una reflexión más pausada, la cuestión se nos presenta como más compleja.
En primer lugar, resulta nítido que los conceptos de “consumidor” y de “paciente”
se parecen bastante, lo mismo que el de “prestador” y el de “proveedor” (de servicios).
Analicemos esta cuestión, pues se trata del núcleo de la discusión:
En efecto, y aunque la ley no lo define, “paciente” es toda persona natural que
recibe de un prestador profesional que actúa normalmente organizado, un servicio de salud
determinado por el que él mismo, o alguien a su nombre, paga un precio o tarifa. Por otro
lado, “prestador” es toda persona, natural o jurídica, pública o privada, cuya actividad sea el
otorgamiento de atenciones de salud (art. 3 ley n° 20.584). Por otra parte, ley n° 19.496 (en
adelante también LPDC) nos indica que consumidor es toda persona natural (…) que en
virtud de cualquier acto jurídico oneroso adquieren, utilizan, o disfrutan, como destinatarios
finales, bienes o servicios (art. 1 n° 1). Proveedores, a su turno, son las personas naturales o
jurídicas de carácter público o privado que habitualmente desarrollen actividades de (…)
prestación de servicios a consumidores por las que se cobra un precio o tarifa, sin que
pueda considerarse como proveedor a quien posea un título profesional y ejerza en forma
independiente (art. 1 n° 2).
Las similitudes entre los conceptos de consumidor y paciente y de proveedor y
prestador resultan claras, tanto como las razones que el legislador ha tenido en
1 Esta ley entró en vigencia el primer día del sexto mes siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial el 24 de abril de 2012)

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