Ley n°20.940; Calificación de Servicios Mínimos y Equipos de Emergencia, Suspensión en el Inicio de la Negociación Colectiva; Oportunidad Para Iniciar la Negociación; Traslado del Periodo Para Iniciar la Negociación: Prorroga del Instrumento Colectivo Vigente; Complementa Dictamen n°1563/38, De 07.04.17
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS
AL CONTRATO DE SALUD
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PrecisaenelsentidoindicadoloexpuestoenelOrd.N°3308,de20.07.2017,emitido
porelDepartamentodeRelacionesLaboralesdeestaDirección.
2.Envirtuddelaautonomíadequegozanlasasociacionesdefuncionarios,no
correspondeaestaDirecciónpronunciarseen relación a una eventual decisión
adoptadaporlaasambleadeunadedichasorganizaciones,depermitirquelossocios
quesehanacogidoajubilaciónmantengansualiaciónaaquellay,consecuentemente,
puedanpostularseauncargodentrodelamisma,sinperjuiciodelafacultadquele
otorgaelartículo15de lacitadaleyN°19.296,de revisarlalegalidaddelareforma
delos estatutosaprobada porla asamblearespectiva enlos términosde lacitada
disposiciónlegal.
SaludaatentamenteaUd.,
RAFAELPEREIRALAGOS
ABOGADO
DIRECTORDELTRABAJO(S)
2.- LEY N°20.940; CALIFICACIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS Y EQUIPOS DE
EMERGENCIA, SUSPENSIÓN EN EL INICIO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA;
OPORTUNIDAD PARA INICIAR LA NEGOCIACIÓN; TRASLADO DEL PERIODO
PARA INICIAR LA NEGOCIACIÓN: PRORROGA DEL INSTRUMENTO COLECTIVO
VIGENTE; COMPLEMENTA DICTAMEN N°1563/38, DE 07.04.17;
MATERIA: 1.Cuandolaresoluciónquecalicalosserviciosmínimosyequiposde
emergenciaharecaídoenalguno delos díasque concedela leyparapresentar
elproyectodecontratocolectivo,lavigenciadelinstrumentocolectivoanterior,se
prorrogahastalos60díassiguientesalaejecutoriadelaresoluciónquecalicalos
serviciosmínimosyequiposdeemergencia.2.Elcómputodelos60díassiguientes
alaejecutoriade la resolución que calica los servicios mínimos y equipos de
emergencia, comienza a partir del momento en que se notique al sindicato la
resoluciónreferida, en el caso de presentarse el proyectode contrato colectivo
poresesolosindicato, o, a partir de la última noticación a las organizaciones
involucradas,en caso quela presentación delproyecto de contratocolectivo se
hicieredemaneraconjuntapormásdeunaorganizaciónsindical.Compleméntese
enelsentidoindicadoladoctrinacontenidaendictamenN°1563/38,de07.04.2017.
ORDINARIO N°1012/16, DE 20.02.2018
Sehaconsultadosobreelplazoquedisponeunsindicatoparapresentarsuproyecto
decontratocolectivo,cuandolaresoluciónquecalicalosserviciosmínimosyequipos
deemergencia hasido dictada enel período comprendidoentre los60y 45días,
anterioresalvencimientodelinstrumentocolectivovigente.
Sobreelparticular,cúmplemeeninformaraUd.losiguiente:
Elinciso1°delartículo360delCódigodelTrabajo,dispone:
“Calicacióndelosserviciosmínimosydelosequiposdeemergencia.Losservicios
mínimosylosequipos deemergenciadeberánser calicadosantesdelinicio dela
negociacióncolectiva”.
JURISPRUDENCIA DE LA
DIRECCION DEL TRABAJO
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