La obligatoriedad del Estado venezolano en el sistema de fuentes y los argumentos de la Sala Constitucional para inejecutar las sentencias de la Corte IDH - Núm. 1-2017, Julio 2017 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 689182517

La obligatoriedad del Estado venezolano en el sistema de fuentes y los argumentos de la Sala Constitucional para inejecutar las sentencias de la Corte IDH

AutorFanny Patricia Niño Hernández - July Andrea Mercado Duque - Mayra Alejandra Bohada Rojas - Rusmary Ramírez Bayona
CargoUniversidad Francisco de Paula Santander - Universidad Francisco de Paula Santander - Universidad Francisco de Paula Santander - Universidad Francisco de Paula Santander
Páginas99-127
LA OBLIGATORIEDAD DEL ESTADO VENEZOLANO
EN EL SISTEMA DE FUENTES Y LOS ARGUMENTOS DE
LA SALA CONSTITUCIONAL PARA INEJECUTAR LAS
SENTENCIAS DE LA CORTE-IDH*
THE COMPULSORY OF THE VENEZUELAN STATE
IN THE SOURCES SYSTEM AND THE ARGUMENTS OF THE CONSTITUTIONAL
ROOM TO EXECUTE THE CORT SENTENCES
FANNY PATRICIA NIÑO HERNÁNDEZ**
Universidad Francisco de Paula Santander
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JULY ANDREA MERCADO DUQUE***
Universidad Francisco de Paula Santander
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MAYRA ALEJANDRA BOHADA ROJAS****
Universidad Francisco de Paula Santander
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RUSMARY RAMÍREZ BAYONA*****
Universidad Francisco de Paula Santander
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* Trabajo recibido el 7 de junio de 2016 y aprobado el 17 de mayo de 2017.
El presente artículo es producto del proyecto de investigación “Efectividad en la ejecución de las Sentencias
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: Caso Venezuela” del Grupo de Investigación Jurídico,
Comercial y Fronterizo, en asociación con el semillero de investigación John F. Kennedy de la Universidad
Francisco de Paula Santander de la ciudad de Cúcuta-Colombia.
** Docente Universidad Francisco de Paula Santander-Cúcuta. Investigador miembro del Grupo de
Investigación Jurídico, Comercial y Fronterizo. Especialista en Derecho Comercial de la Universidad
Autónoma de Bucaramanga. Doctor en Derecho del Comercio y de la Contratación de la Universidad
Autónoma de Barcelona-España.
*** Estudiante de Derecho de la Universidad Francisco de Paula Santander-Cúcuta, miembro del semillero
de investigación John F. Kennedy, adscrito al Grupo de Investigación Jurídico, Comercial y Fronterizo.
**** Estudiante de Derecho de la Universidad Francisco de Paula Santander-Cúcuta, miembro del semillero
de investigación John F. Kennedy, adscrito al Grupo de Investigación Jurídico, Comercial y Fronterizo.
***** Estudiante de Derecho de la Universidad Francisco de Paula Santander-Cúcuta, miembro del semillero
de investigación John F. Kennedy, adscrito al Grupo de Investigación Jurídico, Comercial y Fronterizo.
99
Estudios Constitucionales, Año 15, Nº 1, 2017, pp. 99 - 128
ISSN 07180195
Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca
“La obligatoriedad del Estado venezolano en el sistema de fuentes y los argumentos
de la Sala Constitucional para inejecutar las sentencias de la Corte-IDH”
Estudios Constitucionales, Año 15, Nº 1
2017, pp. 99 - 128
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FANNY PATRICIA NIÑO HERNÁNDEZ
Estudios Constitucionales, Año 15, Nº 1
2017, pp. 99 - 128
RESUMEN: La ejecución de sentencias proferidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
está en cabeza del Estado condenado, quien tiene la obligación de ejecutarlas de forma integral; sin
embargo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ha declarado inejecuta-
bles algunas sentencias, argumentando la violación del ordenamiento jurídico interno y la vulneración
de la soberanía nacional, desconociendo de esta forma las obligaciones que el Estado venezolano como
f‌irmante del Tratado asumió al adherirse al mismo.
ABSTRACT: The execution of the pronounced sentences by the Interamerican Human Rights Court,
isat the head of the condemnedd state which has the duty of executing themon a whole way, neverthe-
less, the constitutional room of the Venezuelan Supreme Justice Court has declared unenforceable some
sentences, arguing the violation of the internal legal order and the violation of the national sovereignty,
not knowing in this way, the duties that the Venezuelan state as signatury of the treaty, assumed to
adhere to it.
PALABRAS CLAVE: Sistema Interamericano, ejecución de sentencias, tratados internacionales, juez
constitucional y efectividad.
KEYWORDS: Inter-American System, enforcement of judgments, International Treaties, Constitu-
tional Court, effectiveness.
INTRODUCCIÓN
Como consecuencia de las constantes vulneraciones a los derechos ocurridas
durante la Segunda Guerra Mundial, se crearon organismos internacionales con
el f‌in de promover la observancia y defensa de los Derechos Humanos en todo
el mundo. Estos Sistemas Regionales de Protección tienen en común no sólo un
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un órgano jurisdiccional que emite sentencias condenatorias contra los Estados
incumplidos. En el sistema interamericano, la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante, Corte IDH) ha sido dotada de jurisdicción transnacional
(en adelante, CADH).
Entre los Estados cobijados por esta jurisdicción, se encuentra el Estado
venezolano desde el año 1981, cuando ratif‌icó la competencia contenciosa de la
Corte. A partir de allí, se han emitido varias sentencias en su contra en las que el
organismo internacional ha encontrado transgresiones notables del Tratado, sin
embargo, algunas sentencias han sido desconocidas por la justicia venezolana.
1 “La Corte tiene competencia para conocer de cualquier caso relativo a la interpretación y aplicación de
las disposiciones de esta Convención que le sea sometido, siempre que los Estados Partes en el caso hayan
reconocido o reconozcan dicha competencia, ora por declaración especial, como se indica en los incisos an-
teriores, ora por convención especial” (Convención Americana de Derechos Humanos, 1969, artículo 62.3).

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