Omisión del garante e intervención delictiva: una reconstrucción desde la teoría de las normas
Autor | Juan Pablo Mañalich R |
Cargo | Doctor en derecho, Universidad de Bonn, Alemania |
Páginas | 225-276 |
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R D U C N - A 21 Nº 2 (2014)
Revista de Derecho
Universidad Católica del Norte
Sección: Estudios
Año 21 - Nº 2, 2014
pp. 225-276
* El trabajo se inserta en el Proyecto Fondecyt Nº 11110274, titulado “La ontología del
hecho punible”. Agradezco la generosa colaboración editorial de Italo Reyes Romero y Ale-
jandra Olave Albertini, ayudantes ad honorem del Departamento de Ciencias Penales de la
Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. El artículo está dedicado a la memoria de
Joachim Vogel, cuyo demasiado temprano fallecimiento tuviésemos que lamentar el 17 de
agosto de 2013, y a cuya excepcional tesis doctoral publicada en 1993, que ofreciera una
re nadísima reconstrucción de la dogmática de los delitos de omisión impropia, debo buena
parte de mi con anza en el rendimiento de la teoría de las normas como herramienta para la
reelaboración cientí ca del derecho penal.
Fecha de recepción: 6 de abril de 2014.
Fecha de aceptación: 22 de mayo de 2014.
** Doctor en derecho, Universidad de Bonn (A). Licenciado en ciencias jurídicas y
sociales, Universidad de Chile (C). Profesor asociado del Departamento de Ciencias
Penales, Facultad de Derecho, Universidad de Chile (C). Correo electrónico: jpmana-
lich@derecho.uchile.cl.
OMISIÓN DEL GARANTE E INTERVENCIÓN DELICTIVA.
UNA RECONSTRUCCIÓN
DESDE LA TEORÍA DE LAS NORMAS*
JUAN PABLO MAÑALICH R.**
RESUMEN: El artículo propone una determinada comprensión de
los así llamados “delitos de omisión impropia”, encaminada a clari car el
estatus de la exigencia de una posición de garantía. Esta clari cación hace
posible identi car una ambigüedad sistemática exhibida por el concepto
de posición de garantía, constituida por el hecho de que el garante que
omite una determinada acción también pueda venir en consideración
como eventual interviniente, ya sea como autor o partícipe, en un delito
comisivo. En pos de desambiguar el concepto de posición de garantía, el
trabajo ofrece un modelo construido sobre una integración de la teoría de
las normas y la teoría de la acción, cuyo rendimiento es sometido a com-
probación a través de su aplicación a una serie de casos ilustrativos, cuyo
análisis arroja una muestra su cientemente exhaustiva de las diferentes
posibilidades combinatorias en lo relativo a la interrelación entre las cate-
gorías de omisión del garante e intervención delictiva.
PALABRAS CLAVE: Teoría de las normas - delitos de omisión impropia
- posición de garantía - teoría de la acción - autoría y participación
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Juan Pablo Mañalich R.
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OMISSION BY A GUARANTOR AND RESPONSIBILITY AS
PRINCIPAL OR ACCESSORY
A NORM-THEORETICAL RECONSTRUCTION
ABSTRACT: e article sets forward a certain understanding of the so
called “improper omission o ences”, which leads to a clari cation of the
requirement of a guarantor position. is clari cation enables an identi -
cation of a systematic ambiguity exhibited by the concept of a guarantor
position, which rests upon the fact that the guarantor who omits a given
action can also have responsibility as a principal or as an accessory to a
commission o ence. In order to disambiguate the concept of a guaran-
tor position, the article o ers a model built upon an integration of norm
theory and action theory, whose performance is tested through its appli-
cation to a wide series of cases. e case analysis gives a su ciently vast
sample of the di erent combinatory possibilities concerning the interrela-
tion between the categories of omission by a guarantor and principal and
accessory responsibility.
KEY WORDS: eory of norms - ‘improper’ omission o ences - guar-
antor position - theory of action - principals and accessories
Sumario: Introducción – 1. ¿Los delitos de “omisión impropia” como
delitos de “comisión por omisión”? – 2. Los delitos de omisión impropia como
delitos de no impedimento de un resultado – 3. Los delitos de omisión impro-
pia como delitos especiales-de-garante – 4. Autoría y participación como es-
tructuras de imputación: acción principal versus acción auxiliar –5. Omisión
del garante e intervención delictiva – 5.1. Garante omitente como autor me-
diato de un delito comisivo – 5.2. Garante omitente como autor mediato de
un delito de omisivo – 5.3. Garantes omitentes como coautores de un delito
omisivo – 5.4. Garante omitente como coautor de un delito comisivo – 5.5.
Garante omitente como autor directo de un delito omisivo – 5.6. Garante
omitente como cómplice de un delito comisivo – 5.7. Garante omitente como
inductor de un delito omisivo – 6. Recapitulación – Bibliografía citada
INTRODUCCIÓN
“La coautoría y la participación en la omisión son inimaginables”.
Así de categórica es la toma de posición que preside los dos brevísimos
párrafos que el muy in uyente tratado de Cury destina al problema
del “concurso de delincuentes” en el contexto de “la teoría del delito
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omisivo”1. El presente trabajo pretende ofrecer una propuesta de clari ca-
ción de este difícil problema, que de ser exitosa tendría que favorecer una
nada de marginal recti cación del dictum de Cury.
1) ¿LOS DELITOS DE “OMISIÓN IMPROPIA” COMO DELITOS DE
“COMISIÓN POR OMISIÓN”?
En sentido jurídico-penal, por “delito” cabe entender el quebranta-
miento imputable de una norma de comportamiento, en tanto norma re-
forzada por una o más normas de sanción2. Que una norma de comporta-
miento se encuentre reforzada por una norma de sanción penal signi ca,
más precisamente, que el quebrantamiento imputable de la primera nor-
ma (en tal medida, “primaria”) cuenta como el presupuesto institucional
de imposición de la consecuencia jurídica establecida por la segunda nor-
ma (en tal medida, “secundaria”)3. Esta observación podría parecer trivial,
pero ella posibilita plantear con claridad la pregunta concerniente a la
estructura de los así llamados “delitos de omisión impropia”. Pues justa-
mente en referencia a la identi cación de la norma cuyo quebrantamiento
pudiera ser constitutivo de un delito de esta índole se dejan contraponer
las dos posibilidades teóricas fundamentales en lo tocante a su estructura,
cuya diferenciación exacta responde a una divergencia en cuanto al signi-
cado mismo del adjetivo “impropia” en el contexto de la expresión “deli-
tos de omisión impropia”.
La primera posibilidad consiste en identi car la norma cuyo que-
brantamiento imputable pudiera ser constitutivo de un delito de omisión
impropia con la norma de prohibición cuyo quebrantamiento sería ceteris
paribus constitutivo del correspondiente delito comisivo. Así por ejemplo,
el autor de un delito de homicidio en omisión impropia quebrantaría la
misma norma que el autor de un delito comisivo de homicidio, a saber:
la prohibición de matar a otro. Esto vuelve del todo comprensible, desde
ya, que bajo esta primera posibilidad teórica la estructura de un delito de
omisión impropia sea caracterizada como la de un delito de “comisión
1 C, Enrique (2005). Derecho Penal Parte General. 8ª edición. Santiago: Ediciones Univer-
sidad Católica, 812 pp., p. 689.
2 Para la distinción entre los conceptos de delito y hecho punible, véase M, Juan Pa-
blo (2011). “El delito como injusto culpable. Sobre la conexión funcional entre el dolo y la
consciencia de la antijuridicidad en el derecho penal chileno”. Revista de Derecho UACh, vol.
24, pp. 87-115, pp. 89 ss.
3 Detalladamente al respecto M, Juan Pablo (2012). “Reglas primarias de obligación.
Las ‘reglas del derecho penal’ en El concepto de derecho de H.L.A. Hart”. Zeitschrift für In-
ternationale Strafrechtsdogmatik, 11/2012, pp. 571-585, pp. 578 ss.
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