La protección de datos en la educación superior - Núm. 1-2020, Enero 2020 - Artículos de Derecho, Empresa y Tecnología - Libros y Revistas - VLEX 842614343

La protección de datos en la educación superior

AutorAndrés Pumarino Mendoza
CargoAbogado. UAI,Magister en Negocios UAI, Profesor Fac. Ingeniería PUC, Derecho, empresa y tecnología

Durante los primeros días del mes de enero del 2020 más de 260 mil jóvenes rindieron la PSU para acceder a la educación superior, la cual se encuentra en una fase de transición por la implementación de la reforma introducida por la ley 21.091, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2018. La nueva norma contiene un conjunto de exigencias que las instituciones deben ir cumpliendo en la medida que avanzan los años, una de las cuales dice relación con la admisión. La ley señala en su Párrafo 3° “Del Sistema de Acceso a las Instituciones de Educación Superior, en su artículo 11 inciso “Créase un Sistema de Acceso a las Instituciones de Educación Superior (en adelante, “Sistema de Acceso”) el que establecerá procesos e instrumentos para la postulación y admisión de estudiantes a las instituciones de educación superior adscritos a éste, respecto de carreras o programas de estudio conducentes a títulos técnicos y profesionales o licenciaturas. Este Sistema de Acceso será objetivo y transparente y deberá considerar, entre otros, la diversidad de talentos, capacidades o trayectorias previas de los estudiantes.”

Así las instituciones de educación superior deberán ajustarse a los procesos e instrumentos de la admisión para la postulación de los estudiantes a las instituciones que estén adscritas. El actual sistema de admisión deberá mejorar sus estándares en materia de seguridad de la información en que prime la confidencialidad, es decir la garantía de acceso a la información de los usuarios que se encuentran autorizados para tal fin. La Integridad que es la preservación de la información completa y exacta, y por último la disponibilidad que es la garantía de que el usuario accede a la información que necesita en ese preciso momento.

Entendiendo éste contexto se advierte que el flujo de tratamiento de datos que se generan durante estos procesos es muy alto, por ello el legislador en el inciso primero del artículo 14 de la ya mencionada ley 21.091 dispuso …el Sistema de Acceso regulado en esta ley, así como los procesos e instrumentos de acceso que utilicen las instituciones de educación superior, deberán resguardar especialmente los principios de no discriminación arbitraria, transparencia, objetividad y accesibilidad universal, éste último de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 de la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión...

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