Proyecto de modernización tributaria presentado por el Gobierno del Presidente Piñera al Congreso Nacional el año 2018: ¿Cómo contribuye a la seguridad juridica? - Núm. 52, Diciembre 2018 - Serie Informe Legislativo - Libros y Revistas - VLEX 752527257

Proyecto de modernización tributaria presentado por el Gobierno del Presidente Piñera al Congreso Nacional el año 2018: ¿Cómo contribuye a la seguridad juridica?

AutorNatalia González B.
CargoAbogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Máster en Derecho (LLM) de la Universidad de Chicago, becaria Fulbright, CONICYT y de la Universidad de Chicago. Actualmente se desempeña como Subdirectora de Asuntos Jurídicos y Legislativos de Libertad y Desarrollo
Páginas16-22
Serie Informe Legislativo 52
4. PROYECTO DE MODERNIZACIÓN
TRIBUTARIA PRESENTADO POR EL
GOBIERNO DEL PRESIDENTE PIÑERA AL
CONGRESO NACIONAL EL AÑO 2018:
¿CÓMO CONTRIBUYE A LA SEGURIDAD
JURÍDICA?
n línea con las recomendaciones antes resumidas
y con los planteamientos efectuados al inicio de
este trabajo, el proyecto de ley sobre moderniza-
ción tributaria presentado a discusión al Congreso
Nacional por el gobierno del Presidente Sebastián Piñera
durante el presente año (y que actualmente se encuentra
en su primer trámite legislativo ante la Comisión de Ha-
cienda de la Cámara de Diputados), contiene una serie de
propuestas de modicaciones que buscan otorgar mayor
certeza jurídica a los contribuyentes de cara a la aplicación
de la normativa tributaria, la scalización por parte del Ser-
vicio de Impuestos Internos (SII o el Servicio) y la imposi-
ción de eventuales sanciones.
Dar mayor seguridad jurídica a las personas y empresas,
y que la autoridad impositiva cuente con un marco de
acción bien denido debiera ser un objetivo transversal y
apolítico. Esto, porque es un benecio directo para todos
los contribuyentes, especialmente para aquellos que no
están en condiciones de contratar asesorías costosas en
términos de tiempo y recursos, como las micro, pequeñas
y medianas empresas (MiPymes y Pymes) y porque, en
caso alguno, constituyen un debilitamiento de la autoridad
scalizadora. Por el contrario, una autoridad supervisora
que actúa dentro del marco jurídico, que ciñe su actuar a
reducido los espacios de interpretación y de consecuen-
te litigiosidad es una autoridad que sale fortalecida. Asi-
mismo, y como hemos advertido de los reportes que ha
emitido la OCDE y el FMI en la materia, la falta de certeza
jurídica sí tiene efectos empíricos en las decisiones de in-
versión y su localización de manera que avanzar en la ma-
teria resultaría benecioso para promover la inversión y el
crecimiento económico.
En términos generales, el proyecto de ley aborda la proble-
mática traduciéndola en propuestas de cambios concretos
tendientes a una mayor certeza jurídica tributaria. Lo an-
terior se visualiza claramente en propuestas que buscan
que el SII fundamente sus determinaciones y resoluciones
en diversos ámbitos (tasaciones, etc.); en establecer pla-
Ezos perentorios para el actuar de la autoridad scalizadora,
evitando fórmulas que contemplen términos abiertos o en
que el SII pueda determinarlos a su juicio exclusivo, sin li-
mitaciones, o más allá de los plazos de prescripción; en
que las solicitudes de antecedentes o declaraciones que
solicite el SII a los contribuyentes deban serlo respecto a
materias puntuales y especícas; en que no se entorpezca
el quehacer diario del contribuyente en los procedimientos
de scalización y en que se resguarde su privacidad y se
guarde reserva de los antecedentes e información del caso.
Más allá de este enfoque general que contribuye a dar un
marco de acción seguro y más concreto para los contribu-
yentes y para la autoridad scalizadora, a continuación se
resumen los principales cambios al Código Tributario (CT):
a) Un nuevo catálogo de derechos del contribuyente
El proyecto de ley reemplaza el artículo 8 bis del Código
Tributario, que contenía el listado de derechos del contri-
buyente, por uno nuevo. En este nuevo catálogo, se incor-
poran nuevos derechos, cuestión de la mayor importancia
para el equilibrio de las relaciones entre aquellos y el SII.
Entre otros derechos que contempla la norma, destaca-
mos:
1. El derecho a ser informado sobre el ejercicio de sus
derechos; el que se facilite el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y el derecho a obtener infor-
mación clara del sentido y alcance de todas las actua-
ciones en que tenga la calidad de interesado.
2. Se contempla que en las actuaciones del SII, cons-
tituyan parte de procedimientos o no, el contribuyente
tendrá derecho a que no se vuelva a scalizar ni revisar
ni en el mismo ejercicio ni en los períodos siguientes,
las partidas, criterios jurídicos o antecedentes proba-
torios que ya fueron objeto de un proceso de scaliza-
ción, sea que en dicho proceso se haya emitido o no
una citación, un giro, liquidación o resolución.
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