'Reconocimiento, delito y pena: de Hegel a Honneth' / 'Recognition, crime and punishment: from Hegel to Honneth' - Núm. 29, Julio 2020 - Política Criminal - Libros y Revistas - VLEX 851631475

'Reconocimiento, delito y pena: de Hegel a Honneth' / 'Recognition, crime and punishment: from Hegel to Honneth'

AutorCIGÜELA, Javier
CargoProfesor lector en la Universitat de Barcelona, Doctor en Derecho penal, Universitat Pompeu Fabra (Barcelona) jciguela@ub.edu
Páginas203-229
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Polít. Crim. Vol. 15, Nº 29 (Julio 2020), Art. 7, pp. 202-229
[http://politcrim.com/wp-content/uploads/2020/06/Vol15N29A7.pdf]
Reconocimiento, delito y pena: de Hegel a Honneth
Recognition, crime and punishment: from Hegel to Honneth
Javier Cigüela Sola
Profesor lector en la Universitat de Barcelona
Doctor en Derecho penal, Universitat Pompeu Fabra (Barcelona)
jciguela@ub.edu
Resumen
El objetivo del presente trabajo es analizar el rendimiento que las teorías del reconocimiento
ofrecen a la hora de conceptualizar algunos de los problemas fundamentales de la filosofía
del Derecho Penal, particularmente: el concepto de delito y el concepto de castigo legítimo.
A la luz de la estructura y evolución de las exigencias de reconocimiento recíproco y del
concepto de libertad, se analizará el concepto material de delito, entendido este como
menosprecio cualificado de las condiciones que garantizan la libertad social. En segundo
lugar, se discutirá el concepto de pena legítima, no sólo en relación a quién puede ser
legítimamente llamado a responder por el Estado, problematizando concretamente el
problema de castigar a los pobres, sino también qué formas puede adoptar aquella en un
Estado social, democrático y de derecho.
Palabras clave: reconocimiento, Hegel, Honneth, delito, pena, legitimidad, pobreza
Abstract
The goal of this paper is to analyze how recognition theories contribute to conceptualize
some of the fundamental problems of the philosophy of criminal law, particularly: the
concept of crime and the concept of legitimate punishment. In light of the structure and
evolution of the requirements of reciprocal recognition and the concept of freedom, the
concept of crime will be analyzed in terms of a qualified misrecognition of the conditions
that guarantee social freedom. Secondly, I will discuss the concept of legitimate punishment,
not only in relation to who can legitimately be called to respond by the State, focusing
specifically on the problem of punishing the poor, but also what form can such punishment
adopt in a social, democratic, and rule-of-law State.
Keywords: recognition, Hegel, Honneth, crime, punishment, legitimacy, poverty
Introducción
Las teorías del reconocimiento, originadas en los trabajos de Fichte y Hegel, han despertado
en las últimas dos décadas un enorme interés tanto por parte de la filosofía como del Derecho
Penal. En el ámbito filosófico han experimentado un gran desarrollo de la mano de autores
tan diversos como Honneth, Fraser o Taylor, quienes han contribuido a una profunda
explicación del origen de lo social como algo conectado con una expectativa moral no
Polít. Crim. Vol. 15, Nº 29 (Julio 2020), Art. 7, pp. 202-229
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instrumental, ni estratégica de ser reconocido y respetado por otros,
1
proporcionando una
alternativa a las explicaciones de corte utilitarista y/o contractualista. En el ámbito penal,
especialmente de la mano de autores más o menos influenciados por HEGEL, han servido de
base para una explicación filosófica del delito y su castigo, tomando como punto de partida
los escritos tempranos del filósofo alemán.
2
En esa línea, el objetivo de la presente
contribución es analizar brevemente el modo en que la noción de reconocimiento y su
ausencia en forma de menosprecio arroja luz sobre tres cuestiones fundamentales de la
filosofía del Derecho Penal: la pregunta de qué entendemos por delito (3.1) y la de qué
entendemos por castigo legítimo, tanto en lo relativo al sujeto castigado (3.2) como en lo
relativo a la modalidad de castigo (3.3). Antes de analizar estos problemas de filosofía penal,
se realizará una breve aproximación descriptiva a la noción de reconocimiento y a su
influencia en la conformación de lo social (2). El artículo tiene como propósito genérico,
además, establecer un diálogo entre el propio Hegel y autores contemporáneos no hegelianos
cuyos escritos están relacionados de diversas formas con las ideas a veces excesivamente
abstractasdel filósofo alemán.
1. Reconocimiento recíproco, identidad personal y orden social
1.1. Reconocimiento y socialidad
El núcleo de la teoría del reconocimiento viene a formular la idea de que tanto la constitución
de la identidad subjetiva como la formación de la vida social dependen de las estructuras de
reconocimiento recíproco existentes.
3
Como han destacado los estudiosos del significado de
dicha noción en Hegel
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4
En la obra de
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5
lo que implica que la
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6
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En tanto se trata de un proceso de ida y vuelta o especular, una duplicación de la conciencia
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recíprocamente.
7
Ahora bien, el reconocimiento mutuo no se reduce a una actividad cognitiva, sino que en
HEGEL toma la forma de una relación de tipo práctico, donde el reconocimiento del otro no
sólo altera mi conocimiento de mí mismo, sino también mi propio actuar en el mu
1
La entrada de la enciclopedia filosófica de Stanford es muy útil para obtener un panor ama de la discusión y
sus ramificaciones: ISER (2013), passim.
2
En la ciencia penal alemana, especialmente: SEELMANN (1995), p. 9, quien subraya la importancia de la
       HEGEL; ZACZYK (2014), pp. 24 y ss. En el
ámbito norteamericano: TUNICK (1992), passim; WILLIAMS (1997), passim.
3
En esos términos: HONNETH (2010), p. 50.
4
WILLIAMS (1997), p. 3.
5
HEGEL (2010), p. 257.
6
HEGEL (2010), p. 257
7
HEGEL (2010),             
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