El Rol Uniformador de la Jurisprudencia de la Sala Penal de la Corte Suprema. Estudio empírico - Núm. 13-1, Enero 2007 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 43434783

El Rol Uniformador de la Jurisprudencia de la Sala Penal de la Corte Suprema. Estudio empírico

AutorJaime Couso/Jorge Mera
CargoAbogado y Doctor en Derecho, Profesor de Derecho Penal de la Universidad Diego Portales/Profesor de Derecho Penal de la Universidad Diego Portales

    Este trabajo fue elaborado en el marco Proyecto de Investigación "Jurisprudencia de la Sala Penal de la Corte Suprema", con el apoyo del Fondo Nacional de Investigación en Ciencia y Tecnología, de Chile (Proyecto N.° 1030167), dirigido por Jaime Couso y desarrollado conjuntamente con Jorge Mera.


    Los autores agradecen la inestimable colaboración del Profesor Alvaro Castro, quien se desempeñó como investigador asistente de este Proyecto.


    Artículo recibido con fecha 17 de abril de 2007 y aprobado con fecha 14 de mayo de 2007.


Introducción

Una extendida opinión entre los juristas sostiene que la Corte Suprema históricamente no ha desarrollado de manera satisfactoria el papel de uniformación de la jurisprudencia que le corresponde a un tribunal de casación (Mera, 2005). En materia penal, ello se ha traducido en una lamentable indefinición de la doctrina jurisprudencial de la Corte Suprema en una serie de cuestiones dogmáticas de gran relevancia, debido, entre otras causas, a su resistencia o incapacidad para desarrollar tesis jurídicas claras y consistentes en los casos de que conoce a través de del recurso de casación. A ello habría contribuido, hasta mediados de la década pasada, junto con su abrumadora y miscelánea competencia y su vocación de tribunal de "tercera instancia" (vía recurso de queja), el hecho de que no se contara casi con ministros especializados en materias penales y que la decisión de estos asuntos estuviese entregada a diversas salas que no tenían prácticamente ocasión para definir conjuntamente criterios de decisión comunes. El efecto de ello sería gran incertidumbre jurídica para los ciudadanos y, en especial, para los imputados, y una desorientación de las cortes de apelaciones y tribunales de primera instancia respecto de la forma en que en Chile se deben resolver esas cuestiones no definidas por la Corte Suprema.

La especialización de la sala penal de la Corte Suprema, en 1995, y concretamente, su integración con miembros que han mantenido una cierta permanencia en el conocimiento de este tipo de asuntos, unida al fortalecimiento de su carácter de tribunal de casación (a través de la reforma a los recursos de queja y de casación y, más tarde, la creación del recurso de nulidad en materia penal), son hechos que generaron una razonable expectativa de que la Corte Suprema, en materias penales, haya podido comenzado a definir posturas y tesis jurídicas consistentes. Ello también hacía posible esperar una mayor eficacia en el papel uniformador de la jurisprudencia, en la medida que las cortes de apelaciones y los juzgados con competencia criminal (más tarde, los tribunales penales creados por la reforma procesal penal) se encuentran con soluciones dogmáticas y tesis jurisprudenciales claras y consistentes en las decisiones del máximo tribunal.

A partir de estos antecedentes, los autores de este trabajo diseñaron el proyecto de investigación "Jurisprudencia de la Sala Penal de la Corte Suprema chilena", que se propuso estudiar la jurisprudencia de la sala penal de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones, producida con posterioridad a 1995, comparándola con la jurisprudencia anterior a dicha fecha, con el objeto de verificar si se está produciendo a nivel de la Corte Suprema un "Derecho jurisprudencial" claro y consistente en materia penal, que haya comenzado a uniformar la jurisprudencia en materias que antes se encontraban en la indeterminación.

El estudio partió con una amplia recopilación, análisis y clasificación de la jurisprudencia de la Sala penal de la Corte Suprema (desde 1995) y de la Corte Suprema (antes de 1995), con el objeto de identificar un conjunto de materias en las que aparentemente la Sala penal estaba definiendo tesis jurisprudenciales, allí donde antes había indeterminación; la recopilación dio lugar a un completo compendio de jurisprudencia penal de la Corte Suprema (publicado por Mera y Castro, 2007), que sirvió de base para el análisis de la denominada "uniformación interna" de la jurisprudencia, a nivel de la Sala penal de la Corte Suprema. Sólo una vez identificadas un conjunto de materias en que la Sala penal habría logrado producir uniformidad, se emprendió el estudio de la jurisprudencia de las cortes de apelaciones, sobre esas mismas materias, para examinar si acaso estos tribunales seguían la doctrina establecida por la Sala penal en cada caso, alcanzando lo que se denominó "uniformación vertical" de la jurisprudencia de la Corte Suprema, a nivel de las cortes de apelaciones.

El examen de si acaso -y en qué medida- la jurisprudencia de la Sala penal de la Corte Suprema logró producir un efecto de uniformación "interna" y "vertical" constituye, de hecho, el principal objeto del presente artículo.

Paralelamente a ese estudio "empírico", la necesidad de contar con un marco teórico desde el cual analizar los resultados hizo necesario estudiar el fenómeno de la uniformación de la jurisprudencia en otros países (Couso, 2006), estudio que dio cuenta del papel que para el logro de esta tarea desempeñan, por una parte, el sistema de precedentes vinculantes, y, por otro, un conjunto de mecanismos institucionales destinados a unificar criterios y doctrinas a nivel de los tribunales superiores de justicia; ese estudio, asimismo, permitió tener una visión más clara de la "técnica" del seguimiento de precedentes, la retórica que la fundamenta y las razones con que algunos autores en sistemas jurídicos continentales se le oponen, las condiciones institucionales que la hacen posible, los cuestionamientos y dudas surgidas acerca de la efectividad de la práctica y, finalmente, la forma en que concretamente se ha intentado evaluar el grado de seguimiento que los precedentes empíricamente alcanzan en determinado sistema jurídico.

A partir de ese marco teórico, un ulterior trabajo (Couso, 2007, en edición), analiza las condiciones institucionales y de cultura judicial que explican los resultados del presente estudio empírico, y en particular, la resistencia de los jueces chilenos al seguimiento de precedentes, identificando bajo qué otras condiciones es esperable que la Sala penal efectivamente logre cumplir con su labor uniformadora de la jurisprudencia. Las consecuencias de un enfoque favorable al seguimiento de los precedentes en Chile, para un correcto entendimiento del recurso de nulidad en materia penal, son analizadas en particular por Mera (2005), en un trabajo incluido como estudio preliminar de la recopilación de jurisprudencia publicada por Mera y Castro (2007).

Para concluir esta introducción, corresponde explicar la elección del horizonte temporal del estudio: la jurisprudencia producida por la Sala Penal de la Corte Suprema entre 1995 y 2002. La fecha de inicio corresponde al año de creación de la Sala penal; la de término, a un límite temporal necesario para contar con un tiempo suficiente, posterior a las fechas de los respectivos precedentes, para examinar los efectos que estos pudieron haber producido en relación con la uniformación vertical: la jurisprudencia de las cortes de apelaciones posterior a cada precedente debía ser estudiada durante los dos años siguientes al mismo, es decir, el estudio tiene realmente un horizonte de tiempo que potencialmente alcanza a fines del año 2004.

Una limitación que el estudio tiene por el hecho de circunscribirse a ese periodo es que abarca casos resueltos bajo un régimen procesal penal que no es el mismo que rige en la actualidad. El nuevo Código Procesal Penal, vigente en todo el país desde el año 2005, y aplicado gradualmente desde diciembre del año 2000 regula, en sustitución del recurso de casación, un recurso de nulidad que debería tener impacto en la forma como los tribunales superiores (sobre todo las cortes de apelaciones) consideran los precedentes (especialmente de la Corte Suprema), pues precisamente uno de los casos en que la Sala penal de la Corte Suprema es la que debe conocer de estos recursos se produce cuando una sentencia ha aplicado erróneamente el derecho en una materia en que "existieren distintas interpretaciones sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores" (Art. 376 CPP), lo que sugiere de forma bastante lógica que la decisión de la Sala penal recaída en tales recursos debe ser seguida en el futuro por los tribunales, como una doctrina que vino a ser uniformada por el nuevo precedente. Con ello, podría suponerse, las conclusiones de este estudio sobre el grado de seguimiento vertical de la jurisprudencia, no serían extrapolables a la nueva situación legal creada por la reforma procesal penal. Si bien al final de este trabajo se esbozan algunas hipótesis sobre la medida en que efectivamente puede apreciarse un cambio en la forma como las cortes de apelaciones consideran los precedentes de la Corte Suprema bajo el nuevo escenario, como se verá, un hecho que en buena medida inhibió un giro hacia una actitud de aquellas Cortes más "receptiva" frente a estos precedentes fue la decisión del Pleno de la Corte Suprema, de junio de 2002, que de forma bastante categórica desecho la tesis de que las decisiones pronunciadas por la...

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