Royalty minero - Núm. 326, Abril 2021 - Revista Libertad y Desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 863357883

Royalty minero

Páginas21-21
ROYALTY
MINERO
VALORACIÓN:
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Se está tramitando en la Cámara de
Diputados, en primer trámite consti-
tucional, una moción parlamentaria
ingresada el 2018, que tiene por obje-
to establecer “una compensación a
favor del Estado por la explotación de
la minería del cobre y del litio, equiva-
lente al 3% del valor ad valorem de los
minerales extraídos”. Esta moción es
inadmisible, inconstitucional, y presen-
ta riesgos desde el punto de vista
económico.
Es inadmisible, por cuanto vulnera
abiertamente la iniciativa exclusiva del
Presidente de la República en materia
de fijación de tributos, toda vez que,
cualquiera sea la denominación que se
utilice, lo cierto es que la compensa-
ción propuesta por el proyecto de ley
reúne todos los requisitos y elementos
de un tributo. Asimismo, es inconstitu-
cional, por cuanto transgrede el prin-
cipio de no discriminación en materia
tributaria y el principio de no afecta-
ción de los tributos, garantizados en
el artículo 19 N°20 de la Constitución
Política de la República (CPR). Final-
mente, vulnera el principio de legalidad
de los tributos, pues delega a un regla-
mento la determinación de la forma en
que se calculará el monto específico
de la compensación que deberá pagar
cada explotador minero, la oportuni-
dad y forma de su pago, y cualquier
otra circunstancia que se requiera para
la ejecución de la presente ley.
Asimismo, los riesgos que presenta
el proyecto de ley son evidentes. La
minería involucra inversiones cuantio-
sas y de largo plazo. Y en un mundo
globalizado, la estabilidad de las polí-
ticas económicas y la certeza jurídica
son cruciales a la hora de decidir dónde
invertir. Lamentablemente la moción
parlamentaria afecta la competitividad
de la minería del cobre en Chile, que
ya cuenta con una alta carga tributa-
ria total respecto a sus principales
competidores. Si a ello se le agregara
un royalty del 3% ad valorem, tal como
se está proponiendo, la carga tributaria
total en Chile subiría a 54,3%, pasando
a ser el país con mayor carga tributaria
total (EY 2018, EY 2020).
Nuestro país cuenta con las mayores
reservas de cobre del mundo (23%
del total mundial), pero tener poten-
cial geológico no es suficiente. Para
que ello se traduzca efectivamente en
riqueza se requiere exploración mine-
ra para que se encuentren y aumenten
las reservas y se requiere que ellas,
a su vez, se exploten. Todo lo ante-
rior requiere enormes inversiones y
transferencia de tecnología. El royalty
del 3% ad valorem propuesto tendría
entonces dos efectos. El primero es
expropiar parte de la tasa de retorno
que tenían contemplados los inversio-
nistas cuando invirtieron en Chile. En
el corto plazo esto puede no tener un
impacto en la cantidad producida por
los proyectos ya en marcha, pero sí
en las futuras ampliaciones que serán
descartadas debido al aumento en el
costo total. El segundo es que afectará
a futuros proyectos, ya que al elevar-
se la carga tributaria total se requerirá
una tasa de retorno mayor, lo que deja-
rá fuera de competencia a yacimien-
tos que se hubieran explotado de no
existir este nuevo tributo, tal como ha
ocurrido en Perú.
Finalmente, la iniciativa parlamentaria
desconoce el beneficio de la invariabi-
lidad tributaria a la que se encuentran
acogidas varias empresas mineras en
virtud de contratos válidamente cele-
brados y amparados por el legislador.
Ello amenaza también la certeza jurí-
dica fundamental para la inversión,
junto con afectar derechos que ya se
encuentran incorporados al patrimo-
nio de sus titulares.
Congreso
CONGRESO
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