En torno al Daño Moral: Entre los Principios, las Reglas y las Excepciones. Un comentario crítico al Fallo del Tribunal Constitucional que declaró inaplicable el artículo 2331 del Código Civil - Núm. 5, Enero 2009 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706583797

En torno al Daño Moral: Entre los Principios, las Reglas y las Excepciones. Un comentario crítico al Fallo del Tribunal Constitucional que declaró inaplicable el artículo 2331 del Código Civil

AutorJorge Baraona Gonzalez
Páginas145-170
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En torno al daño moral: entre los principios,
las reglas y las excepciones.
Un comentario crítico al fallo del Tribunal
Constitucional que declaró inaplicable el
JORGE BARAONA GONZÁLEZ1
RESUMEN
El presente estudio analiza críticamente la sentencia del Tribunal Constitucional que
declaró inaplicable por inconstitucional el artículo 2331 del Código Civil. Se estudia
tanto el voto de mayoría, incluyendo las prevenciones de los ministros Correa y Ber-
telsen, como el de minoría y se formulan críticas especialmente al primero de estos
tres, ellos, por estimarse que el nivel de fundamentación no es el suficiente. La tesis
que el trabajo plantea es que el principio de responsabilidad no está recogido de una
manera integral en la Constitucional, y por ello el legislador debe ser libre para pon-
derar su aplicación en casos concretos. En el caso del daño moral, dada su dificultad
para ser recogido judicialmente, parece razonable que el legislador elija postergar su
aplicación, en determinados casos, especialmente cuando aparece comprometida la
libertad de opinión, lo que favorece un clima de mayor libertad, por paradójico que
ello parezca.
SUMARIO
1. Antecedentes del caso. 2. Argumentos esgrimidos; 2.1. De la parte recurrente;
2.2. Defensa esgrimida por los demandados. 3. El tema de fondo: si efectivamente
el artículo 2331 del Código Civil debe ser considerado como inconstitucional. 3.1.
El contenido de la garantía; 3.2. Seguridad y protección constitucional de la honra:
el mandato al legislador; 3.2.1. El voto de mayoría; 3.2.2. La prevención del voto
de mayoría; 3.2.3. El voto de minoría. 4. Daño moral y responsabilidad civil. 5. Res-
tricción del daño moral e igualdad ante la ley. 5.1. Cuestión general; 5.2. El derecho
comparado: los casos de Italia y Argentina; 5.2.1. Italia; 5.2.2. Argentina. 6. Mi crite-
rio. 7. Las libertades públicas. 8. Conclusión
1. ANTECEDENTES DEL CASO
Me propongo en este comentario analizar la sentencia dictada por
nuestro Tribunal Constitucional con fecha 10 de junio de 2008, Rol
1 Abogado, Profesor de Derecho Civil, Universidad de los Andes y Universidad de Chile.
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SENTENCIAS DESTACADAS 2008
943-07, por la cual acogió un recurso de inaplicabilidad por incons-
titucionalidad presentado por el abogado don Luis Carlos Valdés C.,
con la finalidad de que el Tribunal Constitucional declarase inaplica-
ble el artículo 2331 del Código Civil, en la causa civil Rol Nº 2429-
2007, caratulada “Valdés con Jaime Irarrázabal y Otros”, que se tra-
mitaba ante el Decimoctavo Juzgado Civil de Santiago.
Aunque en el recurso no se abunda en el tema, el recurrente busca-
ba con su presentación ampliar la competencia del juez que estaba
conociendo de su demanda, de manera de lograr que, si ella era
acogida, pudiera condenarse a los demandados a una indemnización
no solo por los daños patrimoniales que se probaren, sino también
de los daños meramente morales derivados del hecho de haber sido
excluido como socio del estudio jurídico del que formaba parte junto
con los demandados en la litis invocada, lo cual afectó gravemente
su honor, su intimidad y sus derechos como abogado en las relacio-
nes con sus clientes, según lo expone el mismo recurrente.
La cuestión de fondo que el abogado señor Valdés llevó ante el Tribu-
nal Constitucional, era si la disposición contenida en el artículo 2331
del Código Civil es o no contraria a la Constitución, concretamente al
artículo 19 N° 4, que consagra la garantía y protección de la vida pri-
vada y de la honra. El punto que el recurrente planteó como inconsti-
tucional dice relación con la limitación contenida en el artículo 2331
del Código, por la cual se excluye el daño moral en caso de que una
persona resulte responsable de una imputación injuriosa contra el
honor o crédito de otra, pues, en este caso, la disposición solo da de-
recho a demandar una indemnización pecuniaria si se prueba daño
emergente o lucro cesante, que pueda apreciarse en dinero. Esta li-
mitación no encajaría con la garantía constitucional consagrada en la
Constitución, que no contiene esta restricción.
Como puede apreciarse, el recurso de inaplicabilidad giró en torno
a cuestiones de gran importancia actual, tanto en el ámbito consti-
tucional, como civil. Por un lado, el tema de la interpretación de las
garantías constitucionales, especialmente en lo referido a su exten-
sión, y a la regulación que de ellas pueda hacer el legislador, par-
ticularmente en lo referido a las eventuales limitaciones que pueda
introducirles. Por otra parte, el tema introduce la cuestión de la tutela
indemnizatoria y sus funciones, tanto preventiva como reparadora,
como modelo de protección de las garantías constitucionales, la con-
figuración dogmática de la honra personal, y los problemas que tiene
un juez para la determinación y valoración del daño moral.

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