Trabajadores del turismo; descanso entre jornada; pacto de interrupción; descanso semanal y de días festivos; horario de inicio y término; distribución anual o semestral del descanso en día domingo; distribución de propina; oportunidad de pago; postergación en el pago; pacto de distribución; feriado irrenunciable; distribución; sistema de alternancia o subrogación; Ordinario N° 4247/73, de 12.08.2016 - Núm. 39, Septiembre 2016 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 704426573

Trabajadores del turismo; descanso entre jornada; pacto de interrupción; descanso semanal y de días festivos; horario de inicio y término; distribución anual o semestral del descanso en día domingo; distribución de propina; oportunidad de pago; postergación en el pago; pacto de distribución; feriado irrenunciable; distribución; sistema de alternancia o subrogación; Ordinario N° 4247/73, de 12.08.2016

Páginas104-118
104
Manual EjEcutivo La bor aL
En consecuencia, sobre la base de las disposiciones legales transcritas y los
comentarios efectuados, debemos concluir lo siguiente:
1) La directora sindical de un sindicato cuya personalidad jurídica ha caducado por el
solo ministerio de la ley, de conformidad al artículo 227 inciso 2° del Código del Trabajo,
no le asiste derecho a impetrar permisos sindicales contemplados en el artículo 249
y siguientes del Código del Trabajo, con posterioridad a la fecha de caducidad de la
organización sindical.
2) La situación remuneracional de la directora sindical, por uso de permisos sindicales,
con posterioridad a la fecha de caducidad del sindicato referido, es la analizada en
el cuerpo del presente informe.
Saluda atentamente a Ud.,
CHRISTIAN MELIS VALENCIA
ABOGADO
DIRECTOR DEL TRABAJO
14.- TRABAJADORES DEL TURISMO; DESCANSO ENTRE JORNADA;
PACTO DE INTERRUPCIÓN; DESCANSO SEMANAL Y DE DÍAS FESTIVOS;
HORARIO DE INICIO Y TÉRMINO; DISTRIBUCIÓN ANUAL O SEMESTRAL DEL
DESCANSO EN DÍA DOMINGO; DISTRIBUCIÓN DE PROPINA; OPORTUNIDAD
DE PAGO; POSTERGACIÓN EN EL PAGO; PACTO DE DISTRIBUCIÓN;
FERIADO IRRENUNCIABLE; DISTRIBUCIÓN; SISTEMA DE ALTERNANCIA O
SUBROGACIÓN;
MATERIA: Fija sentido y alcance de la Ley Nº20.918 de 30.05.2016, relativa a los
sistemas de jornada y descanso de trabajadores del sector turismo y entretenimiento.
ORDINARIO N° 4247/73, DE 12.08.2016
Por necesidades del Servicio, se ha estimado procedente jar el sentido y alcance
de la Ley Nº 20.918, que adapta las normas laborales al rubro del turismo, publicada
en el Diario Ocial del día 30.05.2016.
La Ley en análisis, incorpora diversas normas al Código del Trabajo y modica el
artículo 2º de la Ley Nº19.973, con el objetivo de adecuar la legislación laboral y
así permitir el desarrollo del Turismo, en su carácter de actividad productiva de alta
relevancia para el PIB y la creación de empleo, bajo una orientación modernizadora
de las relaciones laborales y promoción de los derechos de los trabajadores1.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR